N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2008-000660
PARTE ACTORA: FREDDY ESTEFANO GUERRA JIMENEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ALBERTO ROMERO
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES RECREATIVAS OCCIDENTE, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YOSELIN GONZALEZ.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, dieciocho (18) de junio de 2009, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos FREDDY ESTEFANO GUERRA JIMENEZ, titular de la cédula de identidad No. E-83.258.361, representado por el abogado ALBERTO ROMERO inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 19.461 y la abogada YOSELIN GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 92.686, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES RECREATIVAS OCCIDENTE, C.A., con el con carácter de parte actora y demandada respectivamente, llegando las partes al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y con el objeto de facilitar la tarea del juez consignan en ocho (08) folios útiles y un (1) anexo, escrito contentivo de la transacción, mediante el cual cancelan al trabajador la cantidad de ONCE MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE BOLÍVARES FUERTES CON 69/100 CENTIMOS (Bs.F. 11.929,69), mediante cheque de gerencia No. 05800737, librado contra la entidad financiera Banesco Banco Universal, de fecha 10 de junio de 2009 a favor del ciudadano FREDDY GUERRA.
Este Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que en este mismo acto fueron entregadas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar se da por terminado el presente asunto, se ordenar el archivo definitivo del expediente..
La Juez.
Abg. Marlene Rojas de Siu La Secretaria
Los Presentes.
Abg. Yasmelys Borrego
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