REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, veintiséis de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: VP01-S-2009-000011

Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha ocho (8) de Junio de 2009 por el apoderado judicial abogado en ejercicio Alberto Jesús Bracho, inscrito en el INPREABOGADO bajo los Nº 87.732, en representación de la parte demandada JACK´S WELDING SERVICES, C.A. y la abogada Fanny Velarde, inpreabogado N° 18.154 asistiendo al ciudadano JOSÉ LUÍS VELARDE ATENCIO, en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la demandada paga al demandante la cantidad total de diez mil ciento setenta y nueve bolívares fuertes con sesenta y cuatro céntimos (Bs.F. 10.179,64), observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo del mismo. Asimismo vista la solicitud de copias certificadas se ordena sean expedir una (1) copia certificada de la transacción y del presente auto.
EL JUEZ,

ABOG.ANTONIOBARROSO EL SECRETARIO,