REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, veintiséis de junio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: VP01-L-2009-000652

Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha diecisiete (17) de Junio de 2.009 por el apoderado judicial abogado Nelson Maldonado, Inpreabogado N° 108.120 representando a la parte demandada SERVINTSA COMERCIAL, S.A. y la apoderada judicial abogada Elisa Bermúdez, inpreabogado N° 79.848 asistiendo al ciudadano MARVIN WILLIAMS MORALES CAMACHO, en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la demandada paga al demandante la cantidad total de treinta y ocho mil bolívares fuertes (Bs.F. 38.000,00), observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO, impartiéndole el carácter de cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y vista la solicitud de copias certificadas se ordena expedir dos (2) copias certificadas de la transacción presentada y del presente auto que homologa el acuerdo, asimismo se ordena el archivo definitivo del expediente.
EL JUEZ,

ABOG. ANTONIO BARROSO
EL SECRETARIO,