ACTA
No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000919
DEMANDANTE: OSWALDO SUAREZ.
APODERADA DEL DEMANDANTE: Abog. DAYANA MONTILLA.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL PCI INGENIEROS CONSULTORES
APODERADA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL PCI INGENIEROS CONSULTORES: Abog. LIRIS SOTO DE MONTAÑA.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 25 de junio de 2009, siendo el día y la hora para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia de la comparecencia de la demandada Sociedad Mercantil PCI INGENIEROS CONSULTORES, representada por la ciudadana Abogada LIRIS SOTO DE MONTAÑA, en su condición de Apoderada Judicial de la misma (según consta de documental que consigna en el presente acto) y de la incomparecencia del demandante ciudadano OSWALDO SUAREZ, suficientemente identificado en actas, ni por sí, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la República Bolivariana de Venezuela, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO el PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
El Juez
Abog. SAMUEL SANTIAGO SANTIAGO
La Secretaria
La Apoderada Judicial de la demandada Sociedad Mercantil PCI INGENIEROS CONSULTORES
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