REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA

Santa Bárbara de Zulia, 01 de julio de 2.009
199º y 150º


RESOLUCIÓN Nº 0701-09. C02-11.397-2009.
24-F16-413-2009.


Vista la Solicitud interpuesta por el Ciudadano JESUS RINCON LLERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.-9.701.326, actuando con el carácter de “DIRECTOR GERENTE PRINCIPAL” de la Sociedad Mercantil JESUS RINCON VILORIA & CIA, C.A, cuya identificación de su registro, actas constitutivas y posteriores asambleas, se encuentran acreditadas en las actas que conforman la investigación, debidamente asistido para este acto por el profesional del Derecho ciudadano FERNANDO LEON URDANETA, inscrito en el Inpreabogado con el No.-40.907, con domicilio Procesal en el Kilómetro 4.5, carretera Nacional Santa Bárbara- El Vigía, urbanización Parque el Sol, casa No.-6 de la Ciudad y Parroquia Santa Bárbara del Zulia, municipio Colon del estado Zulia, en la cual solicita a este Tribunal la DEVOLUCIÒN de la maquinaria de su representada la cual posee las siguientes características individualizantes:
“Excavador Hidráulico tipo yumbo, nueva marca Komatsu, modelo: PC200LC-8, motor: Diesel Komatsu SAA6D107E-1, Turbo alimentado, 6 cilindros, 4 tiempos, 6.60 litros, de desplazamiento 148 HP a 2000RPM. Sistema Hidráulico tipo Hydraumind, equipado con una bomba principal con pistón de emplazamiento variable y una sub-bomba de control de circuito de engranaje. Sistema de giro 360ª, velocidad 12.4 RPM, freno Hidráulico. Motor de traslación de pistón axial, diseño in-shoe, dos mandos indispensables totalmente hidrostático. Velocidad Máxima de Traslación 3.8 Km/hrs. Tren de rodaje equipado con orugas de 49 zapatas por cada lado, ajuste hidráulico 9 rodillos inferiores y 2 superiores. Brazo de 2900 mm. Balde para uso de 42” de ancho. Capacidad de 1.02 m3, peso operacional 20.900 Kg. Serial de la unidad C62224 y serial del motor 26511444. Este Tribunal para resolver realiza las siguientes consideraciones:
PRIMERO: recibida como fue la anterior descrita solicitud en fecha 26 de mayo de 2009, este Tribunal en fecha 28 de mayo de 2009, acordó oficiar a la Fiscalía 16º del Ministerio Público solicitando remitieran las actuaciones correspondientes a la investigación signada con No. 24-F16-0413-09 y el cual riela en las actas de este asunto al folio 45.
SEGUNDO: ante tal requerimiento, la Fiscalía 16º del Ministerio Público, remite oficio signado con el No.-ZUL-24-16-3420-09 de fecha 29 de junio de 2009, en el cual Informa a este Tribunal que el vehículo solicitado por el ciudadano JESUS RINCON LLERAS, relacionado con la causa o asunto C02-11397-2009 ES IMPRESCINDIBLE PARA PROSEGUIR LAS INVESTIGACIONES.
En tal sentido, y de conformidad con el artículo 5 numeral 7 primer aparte de la Ley Penal del Ambiente en concordancia con el artículo 311 y 13 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal considera procedente NEGAR la entrega material de la referida MAQUINARIA, en virtud de que la Fiscalia 16º del Ministerio Publico manifiesta que el vehículo ES IMPRESCINDIBLE PARA LA INVESTIGACIÓN. Por lo que se estima indispensable su conservación para el total esclarecimiento de los hechos. ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BARBARA DEL ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE de conformidad con el Artículo 311 y 13 del Código Orgánico Procesal Penal, NEGAR LA ENTREGA MATERIAL al Ciudadano JESUS RINCON LLERAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No.-9.701.326, actuando con el carácter de “DIRECTOR GERENTE PRINCIPAL” de la Sociedad Mercantil JESUS RINCON VILORIA & CIA, C.A, de la maquinaria de su representada la cual posee las siguientes características individualizantes: “Excavador Hidráulico tipo yumbo, nueva marca Komatsu, modelo: PC200LC-8, motor: Diesel Komatsu SAA6D107E-1, Turbo alimentado, 6 cilindros, 4 tiempos, 6.60 litros, de desplazamiento 148 HP a 2000RPM. Sistema Hidráulico tipo Hydraumind, equipado con una bomba principal con pistón de emplazamiento variable y una sub-bomba de control de circuito de engranaje. Sistema de giro 360ª, velocidad 12.4 RPM, freno Hidráulico. Motor de traslación de pistón axial, diseño in-shoe, dos mandos indispensables totalmente hidrostático. Velocidad Máxima de Traslación 3.8 Km/hrs. Tren de rodaje equipado con orugas de 49 zapatas por cada lado, ajuste hidráulico 9 rodillos inferiores y 2 superiores. Brazo de 2900 mm. Balde para uso de 42” de ancho. Capacidad de 1.02 m3, peso operacional 20.900 Kg. Serial de la unidad C62224 y serial del motor 26511444. Remítanse las actuaciones a la Fiscalía 16 del Ministerio Público, transcurrido el lapso legal a los fines de que continúen con la investigación. Regístrese la presente resolución en el libro respectivo, así mismo se ordena notificar a las partes. Cúmplase.

El Juez Segundo de Control (S),


. Abg. Yortman Villasmil González

La Secretaria (S),

Abg. María Elena Onófaro

En la misma fecha y conforme a lo ordenado, se asentó la presente Resolución bajo el N° 0701-09, se libró boleta de notificación y se ofició bajo el Nº 2.362-09.

La Secretaria (S),

Abg. María Elena Onófaro