REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL

Maracaibo, 22 de Abril de 2008
198° y 149°


Causa N° 1S-817-09.- Decisión N° 756-09.-


Se registro en la presente causa solicitud de EXHUMACIÓN DE CADÁVER, presentada por la Ciudadana BRUNILDA OLIVARES, titular de la cedula de identidad N° 10.440.680, con el carácter de representante del hoy difunto FREDDY S. GONZALEZ OLIVARES, asimismo se observan Acta de Defunción Nro. 81 (Copia Simple) y Constancia de Inhumación Nro. CCJ-09 599 de fecha 30 de Julio de 2.009, de conformidad a lo establecido en los Artículos 2, 26, 49 en encabezamiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los Artículos 6 y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado para decidir OBSERVA:------------------

Ha solicitado la Ciudadana BRUNILDA OLIVARES, titular de la cedula de identidad N° 10.440.680, autorización para que se haga efectiva la exhumación de cadáver de la persona que en vida respondiera al nombre de FREDDY MANUEL GONZALEZ OLIVARES, quien se encuentra inhumado en el Cementerio Municipal “SAGRADO CORAZON DE JESUS”, desde la fecha 16-02-94, en la Bóveda Nro. S/N, ubicado en el Cuerpo IZQUIERDO, Fila 19, Sección 27, propiedad MARIA GONZALEZ, según consta en los Libros de Registro de Inhumaciones, en el Folio Nro. 188, con Permiso de Enterramiento Nro. 26, Certificado de Defunción Nro. S/N, emitido por la Jefatura Civil de la Parroquia SANTA LUCIA, y requiere la exhumación del cadáver del ciudadano FREDDY MANUEL GONZALEZ OLIVARES, para ser trasladado los restos a un nicho ubicado en el mencionado Cementerio, por lo que este Tribunal considera procedente lo solicitado y en efecto SE ORDENA PROVEER conforme y oficiar al Ecónomo del Cementerio Municipal “SAGRADO CORAZON DE JESUS”. Y ASÍ SE DECLARA.-

Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ORDENA: La practica de exhumación de cadáver de la persona que en vida respondiera al nombre de FREDDY MANUEL GONZALEZ OLIVARES, quien se encuentra inhumado en el Cementerio Municipal “SAGRADO CORAZON DE JESUS”, desde la fecha 16-02-94, en la Bóveda Nro. S/N, ubicado en el Cuerpo IZQUIERDO, Fila 19, Sección 27, propiedad MARIA GONZALEZ, según consta en los Libros de Registro de Inhumaciones, en el Folio Nro. 188, con Permiso de Enterramiento Nro. 26, Certificado de Defunción Nro. S/N, emitido por la Jefatura Civil de la Parroquia SANTA LUCIA, y requiere la exhumación del cadáver del ciudadano FREDDY MANUEL GONZALEZ OLIVARES, para ser trasladado los restos a un nicho ubicado en el mencionado Cementerio. Regístrese y Ofíciese.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

ABOG. ANDRES ENRIQUE URDANETA CASANOVA



LA SECRETARIA,


ABOG. ELEMY VARGAS PAREDES

En la misma fecha se registro la presente solicitud bajo la Decisión N° 756-09, se compulso y se publico respectivamente. Se libra oficio No. 2.747-09, al Ecónomo del Cementerio Municipal “SAGRADO CORAZON DE JESUS”.-

LA SECRETARIA,


ABOG. ELEMY VARGAS PAREDES



Causa N° 1S-817-09.-
AEUC-Rita.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Maracaibo, 22 de Abril de 2008
198° y 149°

Oficio Nº 2.747-09.-

CIUDADANO:
Ecónomo del Cementerio Municipal
“SAGRADO CORAZON DE JESUS”
Maracaibo - Estado Zulia.
Su Despacho.-

Por medio del presente oficio, me dirijo a Usted; para hacer de su conocimiento, que por Decisión Nro. 756-09 dictada por este Tribunal, con esta misma fecha, ORDENO: La practica de exhumación de cadáver de la persona que en vida respondiera al nombre de FREDDY MANUEL GONZALEZ OLIVARES, quien se encuentra inhumado en ese Campo Santo a su cargo, desde la fecha 16-02-94, en la Bóveda Nro. S/N, ubicado en el Cuerpo IZQUIERDO, Fila 19, Sección 27, propiedad MARIA GONZALEZ, según consta en los Libros de Registro de Inhumaciones, en el Folio Nro. 188, con Permiso de Enterramiento Nro. 26, Certificado de Defunción Nro. S/N, emitido por la Jefatura Civil de la Parroquia SANTA LUCIA, y requiere la exhumación del cadáver del ciudadano FREDDY MANUEL GONZALEZ OLIVARES, para ser trasladado los restos a un nicho ubicado en el mencionado Cementerio.-
Participación que se le hace a los fines legales consiguientes.-

DIOS Y FEDERACIÓN,

ABOG. ANDRES ENRIQUE URDANETA CASANOVA
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
AEUC-Rita.-
Causa N° 1S-817-09.-
Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Dirección Palacio de Justicia, Sede del Poder Judicial, Avenida Las Delicias Frente a Panorama, Maracaibo, Estado Zulia, Primer Piso. Teléfono Nro. 0261-7250023.