REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, Veintitrés (23) de Julio de 2009
199° y 150°
Visto el Desistimiento, realizado en fecha Veintidós (22) de Julio del presente año, por el ciudadano ANGEL RAMON CASAL, debidamente asistido por la abogada NORA BRACHO MONZANT, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 26.643, en su carácter de parte actora en el juicio que por PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL, sigue en contra de la ciudadana BERMICA NONATA MORALES REYES, por medio del cual desiste del procedimiento iniciado en fecha Diez (10) de Octubre del año 2007, este Juzgado considerando que lo desistido por la parte demandante en la causa no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia homologa el desistimiento, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Así se resuelve.- De igual forma se ordena el archivo del expediente.

PUBLIQUESE y REGISTRESE.-

Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1384 del Código Civil.-

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.- En Maracaibo, a los Veintitrés (23) días del mes de Julio de Dos Mil Nueve (2009).- Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.-
EL JUEZ PROVISORIO

DR. CARLOS RAFAEL FRÍAS LA SECRETARIA

MARÏA ROSA ARRIETA FINOL
En la misma fecha, se dictó y publicó la anterior resolución en el expediente signado bajo el Número: 10470 Quedando anotada bajo el No.
La Secretaria,

María Rosa Arrieta Finol..-
CRF/yp