JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 30 de julio de 2.009
199° y 150°
Recibida la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, presentada por la ciudadana XIOMARA GUILLERMINA BRACHO DE SHORTT, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad N° 5.047.352, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida por el profesional del derecho, ciudadano CARLOS BRACHO LUENGO, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el Nº 83.224, domiciliado en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Désele entrada. Numérese. En consecuencia, este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho, en virtud de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02 de abril de 2009, se tramitará por este Órgano jurisdiccional. Ahora bien, solicita la ciudadana XIOMARA GUILLERMINA BRACHO DE SHORTT, antes identificada, que le sean declarados los derechos que tiene en común ella, y los hijos de su difunto esposo, ciudadanos EDWARD FREDERICK SHORTT DÍAZ-VIANA; WANDA MARJORIE SHORTT BRACHO; SHIRLEY SHARON MARY SHORTT BRACHO; CHRISTOPHER STEWART SHORTT BRACHO; KRYSTEL KATE SHORTT BRACHO y STEPHANIE SALLY SHORTT BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº 10.429.407, 12.872.174, 12.872.173, 13.746.574, 15.803.748 y 15.803.749, respectivamente, como únicos y universales herederos de su causante EDWARD JOE JOHN SHORTT VILLAMIL, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.909.304, quien falleciere en fecha 07 de marzo de 2008, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. La solicitante acompaña junto a su solicitud los siguientes documentos: 1) Copia certificada de acta de defunción Nº 178, libro Nº 01, año 2.008, del de cujus EDWARD JOE JOHN SHORTT VILLAMIL, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 17 de marzo de 2.009; 2) Copia simple y certificada de acta de matrimonio de Nº 25, libro del año de 1.975, páginas del 48 al 50, llevado por el extinto Juzgado del Municipio Cacique Mara, hoy, Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, del cujus EDWARD JOHN SHORTT VILLAMIL y la ciudadana XIOMARA BRACHO LUENGO; 3) Copia certificada de partida de nacimiento Nº 3355, libro 09, del año 1970, del ciudadano EDWARD FREDERICK YORK SHORTT DIAZ-VIANA, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 11 de agosto de 2.008; 4) Justificativo de Testigo, evacuado por ante la Notaría Pública Primera de Maracaibo, Estado Zulia, de fecha 14 de julio de 2.009; 5) Copia certificada mecanografiada de partida de nacimiento Nº 2352 libro 07, del año 1976, de la ciudadana WANDA MARJORIE SHORTT BRACHO, expedida por la Intendencia de Seguridad Parroquial Coquivacoa del Estado Zulia, en fecha 23 de julio de 2.002; 6) Copia certificada de partida de nacimiento Nº 2.792, libro 8, del año de 1977, de la ciudadana SHIRLEY SHARON MARY SHORTT BRACHO, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Estado Zulia, en fecha 11 de agosto de 2.008; 7) Copia certificada de la partida de nacimiento signada con el Nº 1626, libro 05, año 1.979, del ciudadano CHRISTOPHER STEWART SHORTT BRACHO, expedida por la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Estado Zulia, en fecha 11 de agosto de 2008; 8) Copia certificada de la partida de nacimiento signada con el Nº 1636, año 1.983, de la ciudadana KRYSTEL KATE SHORTT BRACHO, expedida por el Registro Principal del Estado Zulia, en fecha 15 de enero de 2.007; 9) Copia certificada de la partida de nacimiento signada con el Nº 1637, año 1.983, de la ciudadana STEPHANIE SALLY SHORTT BRACHO, expedida por el Registro Principal del Estado Zulia, en fecha 16 de enero de 2.007; 10) Copia fotostática simple de las cédulas de identidad de los ciudadanos EDWARD JOE JOHN SHORTT VILLAMIL; XIOMARA GUILLERMINA BRACHO DE SHORTT; EDWARD FREDERICK SHORTT DÍAZ-VIANA; WANDA MARJORIE SHORTT BRACHO; SHIRLEY SHARON MARY SHORTT BRACHO; CHRISTOPHER STEWART SHORTT BRACHO; KRYSTEL KATE SHORTT BRACHO y STEPHANIE SALLY SHORTT BRACHO, antes identificados. Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por la solicitante, este Juzgado, dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud, y en consecuencia, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos del causante EDWARD JOE JOHN SHORTT VILLAMIL, a los ciudadanos XIOMARA GUILLERMINA BRACHO DE SHORTT; EDWARD FREDERICK SHORTT DÍAZ-VIANA; WANDA MARJORIE SHORTT BRACHO; SHIRLEY SHARON MARY SHORTT BRACHO; CHRISTOPHER STEWART SHORTT BRACHO; KRYSTEL KATE SHORTT BRACHO y STEPHANIE SALLY SHORTT BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.047.352; 10.429.407; 12.872.174; 12.872.173; 13.746.574; 15.803.748 y 15.803.749 respectivamente, todos domiciliados en el esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia. ASI SE DECIDE. Devuélvase estas actuaciones en original a la solicitante y déjese copia certificada de la misma, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Se ordena expedir por Secretaría los siete (7) juegos de copias certificadas solicitadas. Expídanse.
LA JUEZ TITULAR,
XIOMARA REYES
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABOG. MARIELIS ESCANDELA
XR/isa.-
|