Conoció por distribución este Juzgado Segundo de Los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de la demanda intentada por la Abogada en ejercicio, MARIALUISA RINCÓN DE VAGLIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.151.725, inscrita en el Inpreabogado con el número 20.610, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su propio nombre, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio y de este domicilio BETTIS DÍAZ DE FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado con el número 17.865, demandó por Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales Judiciales, a la Sociedad Mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, como Banco Unión, C.A., el trece (13) de Enero de 1946, con el número 93, Tomo 6-B, fusionada a Unibanca y luego a Banesco, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día treinta (30) de Junio de 1977, con el número 1, Tomo 16-A, con Sucursal en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia.

I
ANTECEDENTES
A esta demanda se le dio entrada en este Juzga¬do, en fecha dieciocho (18) de Mayo de 2009, ordenándose la citación de la parte demandada. Luego en fecha cinco (05) de Junio de 2009, la parte actora reformo la demanda.

II
DEL DESISTIMIENTO
Mediante diligencia de fecha seis (06) de Julio de 2009, la parte demandante, MARIALUISA RINCON DE VAGLIO, expuso: “Desisto de La presente causa”. El Tribunal, visto el anterior desistimiento, le imparte su aprobación, homologándolo y ordena remitir el expediente al Archivo Judicial Regional.

III
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:

CONSUMADO el Desistimiento de la presente acción, en el juicio seguido por la ciudadana MARIALUISA RINCÓN DE VAGLIO, en contra de la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSA, C.A., ambas identifica¬das en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa el presente acto, se le da el carácter de Cosa Juzgada y se da por terminado el presente juicio.

No hay condenatoria en costas por la naturaleza del Fallo.

Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con él articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los seis (06) días del mes de Julio de 2009. Años 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
LA JUEZA


ADRIANA MARCANO MONTERO
EL SECRETARIO


Abog. ANDRÉS VIRLA VILLALOBOS
En la misma fecha siendo las tres de la tarde (03:00 p.m.), se publicó la anterior sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva.
EL SECRETARIO


Abog. ANDRÉS VIRLA VILLALOBOS