En la misma fecha de hoy, ocho de julio de dos mil nueve, siendo la una y cuarenta y cinco minutos de la tarde, previo el traslado hecho en la hora acordada y la espera de la fuerza pública requerida, oportunidad previamente fijada para llevar a efecto el acto de la practica de la Medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el Tribunal Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES, seguido por los ciudadanos MANUEL ARTURO RODRÍGUEZ MALDONADO y OTROS, en contra de la HACIENDA SANTA FE S.A., se constituyó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a indicación y en compañía del Apoderado Judicial de la parte actora, Abogada en ejercicio KATHERINE TORRES ROLONG, quien está inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 122.415, ubicada en la vía Machiques Colón, sector Medio Millón, vía de penetración a la Hacienda Medio Millón, en jurisdicción de la parroquia Río Negro, del municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, donde funciona un fundo agropecuario sin denominación visible. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, ya identificada, expuso: “Por no esta segura ni haber podido corroborar la ubicación de la empresa agropecuaria demandada pido al Tribunal se abstenga de ejecutar la medida por el día de hoy y por separado solicitaré se fije nueva oportunidad. Es todo”. El Tribunal vista la anterior exposición se abstiene de ejecutar por el día de hoy la mediada para la cual fue comisionado. Siendo las dos y cinco minutos de la tarde se dio por terminado el acto. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,
Abog. Jorge Alberto Romero Méndez
La….
Apoderada Actora,
El Notificado,
El Perito Avaluador y Depositario Judicial Provisional,
La Secretaria Temporal,
T.S.U. Consuelo Beatriz Sarcos Prato
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