En horas de despacho del día de hoy MARTES VEINTIUNO (21) de Julio de dos mil Nueve, siendo la DOS Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE (02:30 P.M.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de las Circunscripción judicial del Estado Zulia, para llevar a efecto la medida de SECUESTRO decretada Juzgado Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, relacionada con el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO sigue Firma Mercantil C.A. LA CASA ELECTRICA contra PEDRO ANTONIO TORREALBA. Se traslado y constituyo este Tribunal en el sitio señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora, abogado GONZALO VELASQUEZ ROSALES, Inpreabogado Número 11.491, específicamente en un inmueble signado bajo el número 3c, ubicado en el Tercer piso de Residencias Ciudad del Sol, Calle 177, Parroquia San Francisco, Municipio San Francisco del Estado Zulia. Una vez presente el Tribunal en el sitio indicado procedió a notificar a un Vecino que no quiso identificarse, manifestando que el señor PEDRO ya no vivía en ese apartamento y que se lo había vendido a él y que tampoco sabía a donde se había ido. Vista la exposición este Tribunal procedió a verificar si efectivamente el artefacto requerido no se encontraba en el inmueble, lo cual habiéndose comprobado la inexistencia del mismo se ordena el retiro del Tribunal, ordenando igualmente remitir la presente comisión al Tribunal de la causa. Termino, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ:


ABOG. GUILLERMO INFANTE


LA SECRETARIA:



COMISION N°: 4137-09
EXP. N°: 1756-09