REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.387.
En horas de despacho del día de hoy 02 de Julio del año dos mil nueve, siendo las 10:15 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede del Rectorado, ubicadas en la avenida 16 Guajira, Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EXP: 1.764-09. Con motivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION seguido por el ciudadano Abog. LUIS MELENDEZ, portadora de la Cédula de Identidad No. 5.716.530, en contra del ciudadano RAFAEL ANGEL PORTILLO MEDINA, portador de la cédula de identidad N° 4.155.262. En este estado presente el ciudadano (a): MARIBEL MEDINA, portador (a) de la Cédula de Identidad No. V- 9.762.553, quien se identificó con el carácter de: JEFE ENCAEGADA DE PRESTACIONES. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre: BIENES propiedad del demandado, y el Abogado LUIS MELENDE, parte demandante en este juicio, señaló para ser embargadas las PRESTACIONES SOCIALES y los INTERESES DE LAS PRESTACIONES SOCIALES que le corresponde al ciudadano ANTONIO PIRELA, antes identificado, como trabajador obrero de la Universidad del Zulia, todo hasta cubrir la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 6.350,oo).- Las cantidades de dinero embargadas deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia al JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. EXP: 1.764-09. EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADAS EJECUTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados.- El notificado (a) Expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 10:20 AM.-
LA JUEZ:
Dra. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO:
Abog. JOSÉ A. SOTO A.
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