REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 4816

En el día de hoy veintinueve (29) de Julio de dos mil nueve (2.009), siendo la(s) diez y treinta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODIRGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, acompañado de la ciudadana IRAIMA MILITZA ROMERO AGUILAR, titular de la cedula de identidad N° 5.723.826, parte actora, asistida por la abogada en ejercicio MAIRA PARRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.326, en un inmueble ubicado en la avenida 44, s/n, barrio Federación en la ciudad y Municipio del Estado Zulia, a objeto de proceder a ejecutar el DESALOJO, ordenado por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en juicio de DESALOJO, seguido por la ciudadana IRAIMA MILITZA ROMERO AGUILAR, en contra de la ciudadana SANDRA ANCIANI. En este estado el tribunal procede a notificar de su objeto traslado y constitución en el lugar a la ciudadana SANDRA ANCIANI, titular de la cedula de identidad N° 4.740-941, parte demandada. En este estado presente la ciudadana IRAIMA MILITZA ROMERO AGUILAR, titular de la cedula de identidad N° 5.723.826, parte actora, asistida por la abogada en ejercicio MAIRA PARRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.326, expuso: Pido al tribunal, se sirva ejecutar la medida de desalojo del inmueble donde se encuentra constituido el tribunal y ordenado por el juzgado de la causa.