REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO



JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENÍNSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA. Porlamar, 06 de julio de 2009
199° y 150°

Vista la diligencia suscrita por el abogado LUIS PERFECTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 22.501, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ RAMÓN CEDEÑO VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-877.262, parte Actora, en la cual expone que: Desiste de la presente demanda y solicita el archivo del expediente. Este Tribunal en consecuencia homologa el presente DESISTIMIENTO de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena el archivo del mismo. Todo con motivo del juicio seguido por el ciudadano JOSÉ RAMÓN CEDEÑO VILLARROEL contra la el ciudadano ALEXANDER BAEZ RODRÍGUEZ por DESALOJO. Cúmplase.
El Juez,


Dr. Juan José Anuel Valdivieso La Secretaria,


Abg. Yanette González González


Exp. N° 687-09
JJAV/ygg/wrr.-