ASUNTO PRINCIPAL : VP02-S-2008-000523
ASUNTO : VP02-S-2008-000523
DECISIÓN: 731-09
Visto el escrito presentado por los ABOG. SANTA FRASCARELLA VILLALOBOS Y MARIA LOURDES PARRA DE FUENMAYOR, en su carácter de Fiscala auxiliar y Fiscala Principal Segunda del Ministerio Público del Estado Zulia, en el cual solicita, el Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano, CARLOS MAURICIO KANCEV DESIR por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en el artículos 39° y 41° de la ley DE Violencia contra la Mujer y la Familia,(esta ley estaba vigente para el momento en que se cometió el hecho punible) en perjuicio de la ciudadana MIRLEN DEL CARMEN BOVES BELLO.

Se inició la presente investigación mediante denuncia formulada el día 17/09/2007, por ante la Fiscalía Primera del Ministerio público, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, causa instruida por ante ese despacho bajo el número de causa C24-F3-4522-07 el cual consta de (42) cuarenta y dos folios útiles donde reza denuncia interpuesta por la ciudadana MIRLEN DEL CARMEN BOVES BELLO, titular de la cedula de identidad N° V-11.463.155, de estado civil soltera, de 35 años de edad, de profesión u oficio Ingeniero Agrónomo, residenciada en Residencias Zapara Torre 2, Apartamento 7B, quien entre otras cosas manifestó los hechos de violencia psicológica y de acoso u hostigamiento, de la cual fue objeto por parte del ciudadano CARLOS MAURICIO KANCEV DESIR, quien en su carácter de director de la Oficina Regional de Tierras Zulia, abusó de su superioridad y arremetió contra los empleados adscritos a la citada oficina, de manera que dichos hechos comenzaron en Febrero de 2006, fecha en que dicho ciudadano asumió la Dirección de la Oficina Regional de Tierras Zulia el cual labora como técnico de Catastro, así mismo el CORONEL CARLOS MAURICIO KANCEV DESIR, asigno como parte de su equipo de trabajo a los ciudadanos MAYOR FRANCISCO ZAMBRANO Y TENIENTE ROGER MORAN, quienes de manera grosera la increparon frente a sus compañeros de trabajo, afirmando que se encontraba incursa en una irregularidad administrativa.

Ahora bien, estas Representaciones Fiscales, considera, que ciertamente los hechos denunciados para la fecha, no revisten carácter penal, por cuanto se evidencia que en ningún momento los mismos pudieron haber constituido un hecho delictivo en el Código Penal o las Leyes Especiales, para poder determinar cual persona es plenamente responsable de haberlo cometido. Por lo anteriormente expuesto, Ciudadano(a) Juez y no teniendo bases para solicitar el enjuiciamiento de los ciudadanos CARLOS MAURICIO KANCEV DESIR, FRANCISCO ZAMBRANO Y JHONNY RIVERA, por ser atípicos los hechos denunciados por la ciudadana MIRLEN DEL CARMEN BOVES BELLO, solicito DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos, CARLOS MAURICIO KANCEV DESIR, FRANCISCO ZAMBRANO Y JHONNY RIVERA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, y a petición del Ministerio Publico Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA
Por fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de la ciudadana, de las Lesiones sufridas por ciudadano CARLOS MAURICIO KANCEV DESIR, FRANCISCO ZAMBRANO Y JHONNY RIVERA. Regístrese la presente decisión y Remítase al Archivo Judicial.
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL,


DRA. MANUELA ALVARADO RIGORES
LA SECRETARIA,


ABOGADA. ZAINETH SOTO GONZALEZ


En la misma fecha, se libraron Boletas de Notificación.



LA SECRETARIA,


ABOGADA. ZAINETH SOTO GONZALEZ.