REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DECIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
MARACAIBO, VEINTINUEVE (29) DE JULIO DE DOS MIL NUEVE.
199º y 150º
ASUNTO: VP01-S-2009-000102.
Vista diligencia constante de Acta Transaccional, recibida por este Tribunal en fecha 22 de Julio de 2009, para resolver el Tribunal observa: revisada como ha sido la transacción realizada por el ciudadano ELI PINEDA quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-4.328.061, en su carácter de presidente de la junta de condominio conjunto residencial “LAS TUNAS” torre “C”, asistido por la abogada en ejercicio CLAUDIA MARIA SALAS RINCÓN, quien es venezolano, mayor de edad, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el número 51.706, parte oferente en este acto y la ciudadana VANESSA GONZALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-18.663.042, asistido en este acto por el abogado en ejercicio HUMBERTO BRACHO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.866 parte oferida, en la cual se hizo una oferta real de pago, por la cantidad de SEIS MIL NOVECIENTO CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.6.949.50), a favor de la ciudadana VANESSA GONZALES, encontrándose la presente causa en fase de sustanciación y en vista que la parte oferida acepta lo consignado en la presente causa por el oferente, mas la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.800,00) cancela en ese acto, lo que hace un total convenido de SEITE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs.7.749,50), por lo cual este Tribunal visto que la misma reúne los requisitos establecidos en el Parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los Artículos 10 y 11 de su Reglamento, por lo cual no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, presentado por las partes, se le imparte el carácter de cosa juzgada y se ordena archivar el expediente .
LA JUEZ
DRA. ANA AVILA. EL SECRETARIO.
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