REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Primero (01) de Junio de 2009
199º y 150º

EXPEDIENTE Nº VP01-S-2009-000073

ACTA DE DESISTIMIENTO POR LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE OFERIDA A LA AUDIENCIA DE OFERTA REAL DE PAGO

PARTE OFERIDA: (No Compareció) PARTE OFERENTE: Sociedad Mercantil “COMERCIAL REYES, COMPAÑÍA ANÓNIMA (COMRECA); APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: MARIA ALEJANDRA GELVES (Compareció); ASUNTO: OFERTA REAL. En el día de hoy primero de Julio de 2009, siendo las once y quince minutos de la mañana fecha y hora fijada, para que tenga lugar la celebración de la Audiencia relacionada con la presente Oferta Real, el Tribunal se avocó al conocimiento de la causa y dejó constancia de la incomparecencia de la parte oferida antes identificada, asimismo se deja constancia de la presencia de la Apoderada Judicial de la parte oferente, la Profesional del Derecho MARIA ALEJNDRA GELVES, quien hizo uso del derecho de palabra y expuso:”consigno en este acto Cheque Nº 03630357 de la cuenta corriente Nº 01160199522120210100, girado contra la entidad bancaria Banco Occidental de Descuento por la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS. (Bs. 3.895,67) a favor de la parte Oferida ciudadano: EDIN RUBEN CUADRADO GUERRERO, así mismo ratifico el pedimento de que se oficie al Departamento de Fideicomiso del referido Banco ubicado en la Avenida 5 de Julio con Avenida 13C y 3D, Torre Financiera B.O.D, Piso 8, a los fines de que envíen a este Circuito Judicial Laboral es estado de cuenta del Fondo Fiduciario que mantiene la parte oferida la cual es titular de la cédula de identidad Nº V-13.879.367, es todo”. El Tribunal da por recibido el referido Cheque y acuerda remitirlo con oficio a la Oficina de Consignaciones de este Circuito Laboral a los fines de que le sea depositado en cuenta bancaria a nombre de la Parte Oferida antes identificada, y vista su incomparecencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la vigente Ley Orgánica Procesal del Trabajo este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y prove conforme a lo solicitado. PUBLÍQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA. Se levanta la presente acta cuando son las doce y cuarenta minutos del mediodía. Es todo, terminó, se leyó, conformes firman:
EL JUEZ
El Secretario
Carlos Silvestri

La Apoderada Judicial de la Parte Oferente