REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, veintiocho (28) de julio de dos mil nueve (2009)
Años: 199° y 150°
ACTA DE AUDIENCIA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2009-000276
PARTE ACTORA: REINALDO RAFAEL ROSA MATA
ASISTIDO POR LA PARTE ACTORA ABOGADA EN EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA: JACQUELINE GUERREIRO NUÑEZ.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES SUR AMERICA, C. A. y MARGARITA BUILDING CORP II, C. A. (NO COMPARECIÓ)
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: (NO COMPARECIÓ)
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, veintiocho (28) de julio de dos mil nueve (2009), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2009-000276, se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ, con la asistencia de la Secretaria Abogada PAULA DÍAZ MALAVER. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se deja constancia de la incomparecencia de las partes. Asimismo se deja constancia que se encuentra presente la Abogada JACQUELINE GUERREIRO NUÑEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 28.046, en su carácter de Procuradora Especial de trabajadores en el estado Nueva Esparta. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 y 199.
LA JUEZ
DRA. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.
El (LA) Secretario (A)
PARTE ACTORA
ESV/ldm.-
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