REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, 23 de julio de 2009
150º y 199º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000064
PARTE ACTORA: NAIRELYS CHIQUINQUIRA BRILLEMBOURG MATERAN, titular de la cédula de identidad: 14.524.242.
PARTE DEMANDADA: ANGEL´S PLAN, C.A.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
Hoy, 23 de julio de 2009, siendo las 3:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos abogados RAMON AVENDAÑO, apoderado judicial de la parte actora ciudadana NAIRELYS CHIQUINQUIRA BRILLEMBOURG MATERAN, y ANGEL´S PLAN, C.A. en su condición de parte demandada, representada por su apoderada judicial abogada MARISOL PEREZ, celebrándose la prolongación donde el ciudadano RAMON AVENDAÑO, debidamente facultado DESISTE DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO, y la ciudadana MARISOL PÉREZ, en representación de la demandada, manifiesta que acepta el desistimiento realizado por la parte actora; en este estado este Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO le imparte su aprobación y le otorga el carácter de Cosa Juzgada, dando por terminado el procedimiento por Prestaciones Sociales; y se ordena el archivo del expediente, asimismo se ordena entregar a las partes, las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar -PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez



Mgs. Judith del Carmen Castro. La Secretaria.


Los Presentes