REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Díez (10) de Julio de Dos Mil Nueve
195º y 146º
ASUNTO : VP01-L-2009-000243
Vista el Acta Transaccional, presentada y suscrita por el Ciudadano RICARDO RAMÓN RINCÓN MARTÍNEZ parte actora, debidamente asistido por el Abogado RODOLFO HAYDE, y la Sociedad Mercantil CONDOMINIO DEL PALACIO DE LOS EVENTOS DE VENEZUELA (PALAVEN) parte demandada, representada por su APODERADA JUDICIAL ABOGADA MARÍA A. GELVES. G. ambos identificados en el escrito de TRANSACCIÓN este Tribunal, una vez revisada la misma observa, que cumple con los requisitos legales para su HOMOLOGACIÓN, por lo que procede de inmediato a HOMOLOGAR la misma por no ser contraria al orden público y por no violar derechos irrenunciables del prenombrado trabajador, dándole el carácter de COSA JUZGADA y ordenando el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente y la devolución de las pruebas que se consignaron al inicio de la audiencia preliminar.
El Juez.
Abog. Alfredo García López
La Secretaria
Aboga. Yasmely Borrego
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