N° DE EXPEDIENTE: VP01-S-2009-000088
PARTE OFERIDA: DAYANA CAROLINA ALVARADO ARRIETA
APODERADOS DE LA PARTE OFERIDA: SIN REPRESENTACIÓN
PARTE OFERENTE: COMERCIAL REYES COMPAÑIA ANÓNIMA (COMRECA)
APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE: JUAN CAÑIZALES MÉNDEZ
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

En el día hábil de hoy Miércoles Primero de Julio de 2009, siendo las Díez y Treinta minutos de la mañana (10:30am), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de Conciliación en el presente procedimiento, dejándose constancia de la incomparecencia de la parte OFERIDA ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, más no así la parte OFERENTE que estuvo representada por su APODERADO JUDICIAL ABOGADO JUAN CAÑIZALES MÉNDEZ identificado en el instrumento poder otorgado por su representada tal y como consta en actas, el cual tomo la palabra y se dirigió al ciudadano Juez de este despacho a los efecto de consignar en este acto cheque N° 03696258 de la cuenta corriente 01160199522120210100, girado contra el Banco Occidental de Descuento por la cantidad de TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (BsF=3.838,62cts), y a favor de la parte OFERIDA ciudadana DAYANA CAROLINA ALVARADO; así mismo ratifico el pedimento de que se oficie al departamento de fideicomiso del referido Banco ubicado en la Avenida 5 de Julio con Avenida 13C y 3D, Torre Financiera B.O.D. piso 8, a los fines de que envíen a este Circuito Judicial Laboral el estado de cuenta del fondo fiduciario que mantiene la parte OFERIDA la cual es titular de la Cédula de Identidad N°V-19.176.25. En consecuencia de la incomparecencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCES, y provee conforme a lo solicitado. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 y 199.



El Juez

La Secretaria Accidental

Abog. Alfredo García López Aboga. Brisjaida Gómez





Los Presentes