V
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-001043
PARTE ACTORA: MARIA ALEJANDRA SANCHEZ OMAÑA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARTHA SANCHEZ
PARTE DEMANDADA: CALIDEX DE VENEZUELA, S.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO HERNANDEZ y ENMA PEÑA DE MOLINA.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO Y PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 1 de Julio de 2009, siendo las 11:15 A.M, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, presente los abogados PEDRO HERNANDEZ y ENMA PEÑA DE MOLINA, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil CALIDEX DE VENEZUELA, S.A, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadana MARIA ALEJANDRA SANCHEZ OMAÑA, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 y 199.
El Juez
El Secretario
Abog. Marlene Rojas de Siu
Los Presentes
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