ACTA



N° DE EXPEDIENTE:VP01-L-2009-001041
PARTE ACTORA:NIOVANIS BRAVO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DORTY COLINA
PARTE DEMANDADA: TORMAR C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:NIOVANIS BRAVO y TORMAR C.A
MOTIVO:prestaciones sociales.

En el día hábil de hoy,9 de Julio de 2009, siendo las 2:39 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanosNIOVANIS BRAVO y TORMAR C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales DORTI COLINA YEPEZ, apoderada actora y GERMAN ALBERTO VILLALOBOS MERCHAN, apoderado de la demandada., quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la parte demandada ofrece pagarle a la parte actora, quien aceepta recibirla, la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs 45.000,oo), la cual cubre todos y cada uno de los conceptos reclamados en el libelo de demanda, honorarios profesionales, así como gastos judiciales y extra judiciales, por lo que ambas partes solicitan se homologue el acuerdo de pago celebrado, se le de el carácter de cosa juzgada, se de por terminado el proceso y no se archive el expediente hasta tanto exista constancia del cumplimiento de la obligación asumida, ello en virtud de que la aludida cantidad de dinero será cancelada de la siguiente manera: La cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES EL DIA DIECISIETE DE JULIO DE DOS MIL NUEVE, EN DOS CHEQUES UNO POR BS 10.000,oo y otro por Bs 5.000,oo, siendo el segundo de dichos montos para cubrir honorarios profesionales y gastos judiciales y extrajudiciales, y los restantes tres pagos, por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES cada uno de ellos, los dias diez de agosto, dieciseis de septiembre y quince de octubre todos de dos mil nueve. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto exista constancia del cumplimiento de la obligación asumida. .


El Juez.

La Secretaria.

Abog. Hugo Cordero Morillo.



Los Presentes.