REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE
EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Maracaibo, 02 de Abril de 2009
198° y 150°
RESOLUCIÓN N° 218-09. CAUSA 6E-583-08.
Vista la solicitud interpuesta en fecha 30 de Marzo de 2009, realizada por el Defensor Privado Abog. Omar Ross, mediante el cual solicita Permiso Especial a favor del penado MIGUEL DE JESUS LA CRUZ LABARCA, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.040.209, quien se encuentra cumpliendo la formula alternativa de cumplimiento de pena referida a la SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por once (11) días, para trasladarse a la población de Timotes Estado Mérida, específicamente en la casa No. 11 vereda No. 01 Urbanización Timotes, desde el día Lunes 06-04-2009 al Jueves 16-04-2009; este tribunal pasa a resolver y lo hace bajo las siguientes consideraciones:
Consta en actas que el referido penado fue condenado a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y DIEZ (10) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal cometido en perjuicio de la Adolescente Yohanny Carolina Medina Medina.
Asimismo, en fecha 20/06/2008, este Juzgado de Ejecución, le concedió al penado MIGUEL DE JESUS LA CRUZ LABARCA, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, observándose que el mencionado penado ha venido cumpliendo con todas las obligaciones impuestas, por lo que este Juzgador considera procedente en derecho OTORGAR al penado MIGUEL DE JESUS LA CRUZ LABARCA, EL PERMISO ESPECIAL para viajar a trasladarse a la población de Timotes Estado Mérida, específicamente en la casa No. 11 vereda No. 01 Urbanización Timotes;bajo la Supervisón de este Tribunal, desde el día Lunes 06-04-2009 hasta el día Jueves 16-04-2009 debiendo presentarse el delegado de Prueba el día Viernes 17-04-09, de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y ASÍ SE DECIDE.-
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR al penado MIGUEL DE JESUS LA CRUZ LABARCA, titular de la Cédula de Identidad No. V-5.040.209, el PERMISO ESPECIAL para viajar a la población de Timotes Estado Mérida, específicamente en la casa No. 11 vereda No. 01 Urbanización Timotes; bajo la Supervisón de este Tribunal, desde el día Lunes 06-04-2009 hasta el día Jueves 16-04-2009 debiendo presentarse el delegado de Prueba el día Viernes 17-04-09, de conformidad con lo establecido en el Artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Registrase la presente Decisión. Líbrese Boleta de Notificación a las partes mediante oficio Departamento de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a la Unidad Técnica de Apoyo al Régimen Penitenciario de Maracaibo.
LA JUEZ SEXTA DE EJECUCIÓN,
DRA. RUBIS GOMEZ VIVAS
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARD ECHETO MAS Y RUBI
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado y se registró la presente Decisión bajo el Nº 218-09, y se oficio bajo los N° 1534 y 1535-09.
EL SECRETARIO,
HCV/ms*.-
CAUSA Nº 6E-583-08.-
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