REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN
FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
Maracaibo, 18 de Febrero de 2009
Años 198° y 147°
RESOLUCIÓN N° 120-09 CAUSA N° 5E-398-09.-
Firme como ha quedado la Sentencia de fecha 12-01-2.009, dictada por el Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en contra del penado JAVIER ALBERTO GONZALEZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.684.806, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 26 años de edad, soltero, estudiante, fecha de nacimiento 13-02-1982, actualmente recluido en el Centro de Arrestos El Marite, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal pasa a ejecutar dicha sentencia y a elaborar el cómputo respectivo de la manera siguiente:
PRIMERO
El penado, JAVIER ALBERTO GONZALEZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.684.806, fue condenado por el Juzgado Quinto de Juicio del Circuito Judicial del Estado Zulia, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por ser autor del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE ROBO, Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos automotores y 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ELIETH JOSE MEDINA BARBOZA Y EL ORDEN PUBLICO, más las penas accesorias de ley, previstas en los Artículos 13 y 34 del Código Penal, en concordancia con el artículo 265 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO
Este Tribunal observa que el penado, JAVIER ALBERTO GONZALEZ HERNANDEZ fue detenido en fecha 29-08-2.007, por lo que hasta la fecha 16-02-2.009, lleva detenido UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y DIECISIETE (17) DIAS. Faltándole por cumplir: TRES (03) AÑOS, Y TRECE (13) DIAS.
Asimismo, el penado JAVIER ALBERTO GONZALEZ HERNANDEZ cumple la pena principal el día 29-02-2012.
Cumplirá la mitad ½ de la pena el día 28-11-2009.
Cumplirá una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 13-10-2008.
Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 27-02-2009.
Cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 29-08-2010, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL.
Cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 13-11-2011, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena o CONFINAMIENTO.
Finalmente, en cuanto a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil, equivalente a Una (1/5) parte de la pena impuesta, una vez cumplida la pena principal, hasta el día 23-01-2013. Y así se Decide.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Declara en Estado de ejecución la presente Sentencia y los respectivos cómputos de Ley, relacionado con el penado, JAVIER ALBERTO GONZALEZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.684.806, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 26 años de edad, soltero, estudiante, fecha de nacimiento 13-02-1982, actualmente recluido en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, ordenando su traslado inmediato a la Cárcel Nacional de Maracaibo, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas de la misma con oficio al Director del Centro Penitenciario de Maracaibo, asimismo se oficio al Centro de Arrestos El Marite, remitiéndole Boleta de Encarcelación, del mencionado penado para que sea trasladado de manera inmediata a la Cárcel de Maracaibo, ordenó su traslado a este Despacho para el día 25-02-09, a las 9:00 de la mañana, a los fines de notificarlo de dicho computo, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, al Presidente y demás Miembros del Consejo Nacional Electoral y al Viceministro de Seguridad Jurídica del Ministerio del Interior y Justicia, Departamento de Antecedentes Penales; y notifíquese mediante Boletas a la Fiscalía 27° del Ministerio Público de este mismo Circuito Judicial Penal, a la defensa y el Penado.
LA JUEZ QUINTO DE EJECUCIÓN
DRA. MILAGROS SOTO CALDERA LA SECRETARIA,
ABOG. ANA SANCHEZ MEDINA.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en esta Resolución, se registró la misma bajo el número 120-09, se certificó la presente resolución, Se libraron los oficios y notificaciones respectivas. EL SECRETARIO
MSC/neida.-
CAUSA N° 5E-398-09
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