República Bolivariana De Venezuela
Poder Judicial
Juzgado Tercero de Control
Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia
Santa Bárbara de Zulia, 09 de Febrero de 2009.-
198º y 149º
SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA
Decisión N° 216-09 Causa N° CO3-7210-09
Visto el contenido del escrito presentado por la abogada NEILA ESTHER BERBECI Fiscal Decimosexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante el cual solicita a este Tribunal de Control el SOBRESEIMIENTO de la causa, de conformidad con lo establecido en Artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, seguida en contra del ciudadano JAVIER ANTONIO RODRÍGUEZ RINCON, por la presunta comisión del delito de CAMBIO ILÍCITO DE PLACA DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones jurídicas procesales: Considera quien aquí analiza que se observa de las actuaciones que conforman la presente causa, que no es necesario para dictar pronunciamiento la fijación de una audiencia oral y pública para debatir los fundamentos de la petición, por cuanto los motivos son comprobables en derecho.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Ahora bien, del análisis efectuado a las actas que conforman la presente causa, considera esta Juzgadora que no se evidencia la participación directa o indirecta del ciudadano TABORDA PORTILLO DOUGLAS JOSÉ en el delito investigado; ya que el mismo detentaba un vehículo de su propiedad legítimamente adquirido; resultando procedente solicitar el Sobreseimiento de conformidad con lo establecido en el articulo 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, procediendo el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, actuando de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano JAVIER ANTONIO RODRÍGUEZ RINCON, por la presunta comisión del delito de CAMBIO ILÍCITO DE PLACA DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Regístrese y remítase la presente causa en su oportunidad legal correspondiente.
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL (S),
ABG. GISELA LÓPEZ ANTENCIO.
LA SECRETARIA,
ABG. WENDY MARINA HERNÁNDEZ CARLY
En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el N° 216-2009, se compulsó copia de archivo y se libraron las correspondientes Boletas de Notificación bajo oficio N° 355-2009.-
LA SECRETARIA,
ABG. WENDY MARINA HERNÁNDEZ CARLY
|