REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA

Santa Bárbara de Zulia, 18 de Febrero de 2009.-
198º y 149º

Decisión N° 0286 – 2009. Causa N°. C01-7116 - 2009.


Por recibido el presente expediente conjuntamente con solicitud de sobreseimiento de la causa, planteado por la Doctora NEILA ESTHER BERBECI, Fiscal Decimosexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Regístrese su ingreso. Désele entrada. Ahora bien, de una revisión realizada a las actuaciones que conforman el presente expediente, observa el Tribunal que a los folios 08, 09, 10 y 11, corre inserta audiencia oral de presentación de imputado, de la cual se evidencia, que de la referida causa, conoce el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara. Al respecto, el artículo 72 del Código Orgánico Procesal Penal, dispone: Prevención. La Prevención se determina por el primer acto de procedimiento que se realice ante un Tribunal. En ese mismo orden de ideas, el artículo 73 del citado Código Orgánico Procesal Penal, establece. Unidad del Proceso. Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este Código. Si se imputan varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito más grave. Pues bien, del estudio y análisis realizado a las referidas actuaciones, se evidencia que el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, es el que realizó el primer acto de procedimiento en la presente causa, en virtud de lo cual, se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, de conformidad con el citado artículo 72 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Ordena la remisión del presente expediente al Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, a los fines que resuelva la solicitud de sobreseimiento que riela al folio 01, por cuanto dicho Tribunal es quien conoce de la causa, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72, 73 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase. Cúmplase.-
El Juez,

Abg. JOSE LUIS MOLINA MONCADA.
El Secretario,
Abg. Juan José Franco Chávez.

En la misma fecha y conforme a lo ordenado, se registró la presente decisión bajo número 0286 – 2009, se remite constante de quince (15) folios útiles y se ofició bajo el N° 0646 – 2009.-

El Secretario,
Abg. Juan José Franco Chávez.