República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Circuito Judicial Penal
Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control
San Francisco, 12 de Febrero del 2009.-
198° y 145°
Decisión Nº 902-09- Causa N ° 8C-11138-09.-
Vista la solicitud de Sobreseimiento, emanado de la Fiscalia Cuadragésima Sexta del Ministerio Publico del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cargo de la fiscal Abog. Blanca Tigrera y como fiscal Auxiliar la Abog. LEDISAY PERNALETE, con fundamento en lo dispuesto en el Ordinal 2º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en la investigación penal contenida en las actuaciones de la Causa que antecede seguida en contra de PERSONA DESCONOCIDA, en perjuicio del ciudadano VINICIO ENRIQUE AVILA FINOL; este Tribunal resuelve de la manera siguiente:
En fecha 11-08-2008, recibe la Fiscalia del Ministerio Publico, expediente Nro. 2302-08, instruido por el departamento de investigación penal de accidente con lesionados, del cuerpo técnico de vigilancia de transporte terrestre cuando se suscito un accidente de Transito Terrestre con lesionados en una colisión de vehículos el cual ocurrió en la calle 10 unión, de Sierra Maestra en sentido Sur a Norte, en la cual resulto lesionado el ciudadano VINICIO ENRIQUE FINOL y el cual no se pudo determinar quien causo las lesiones.
De las actuaciones agregadas a la presente causa se aprecia la posible comisión de un hecho punible contra las personas (Lesiones Culposas) en perjuicio del ciudadano VINICIO ENRIQUE FINOL; Ahora bien, de la investigación adelantada por el Ministerio Publico se desprende del informe técnico en los folios (62 y 64) de la presente causa que hubo una colisión entre vehículos automotores con lesionados, el vehículo No. 1: Marca Ford, Modelo Festiva, placas XWU-793 y el vehículo No.2: Marca FYM, modelo FY-150, clase motocicleta, placas: AFC-602, en el cual se desprende con meridiana claridad que la responsabilidad deriva sobre el conductor del vehículo No. 2 placas: AFC-602, Marca FYM, modelo FY-150, clase motocicleta, conducido por la victima ciudadano VINICION ENRIQUE AVILA, por cuanto desatendió la señal de PARE, en la calle 10 unión de Sierra Maestra, en sentido sur a norte, por lo que el precitado ciudadano es el único responsonsable de las lesiones sufridas a su persona en el prenombrado accidente de transito, por lo que se considera ajustado a derecho la solicitud Fiscal y por ende procede el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el ordinal 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto los hechos no son típicos. Y ASI SE DECIDE.
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en la presente causa a favor de PERSONA DESCONOCIDA, por el delito LESIONES CULPOSAS, en perjuicio del ciudadano VINICIO ENRIRUQUE AVILA FINOL, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 2º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, acogiendo así la solicitud Fiscal. Regístrese esta decisión; déjese copia en Archivo, notifíquese y remítanse las actuaciones al archivo Judicial en su oportunidad legal.-
Regístrese, publíquese, diarícese, compúlsese y notifíquese.
LA JUEZ OCTAVO DE CONTROL,
DRA. YOLEYDA MONTILLA FEREIRA
LA SECRETARIA,
ABOG. INGRID GERALDINO PORTILLO
En la misma fecha se registró esta Decisión bajo el No.902-09, se libro Boleta de notificación.
LA SECRETARIA,
YMF/manuel
CAUSA N° 8C-11138-09
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