REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 25 de Febrero de 2.009
198° Y 149°
DECISIÓN N° 206-09 CAUSA N° 1C-9849-08
En fecha 27/04/2008, fue presentada por ante este Despacho, por la Fiscalia Trigésima Tercera del Ministerio Público, a la ciudadana imputada DIANA CAROLINA GONZALEZ FUENMAYOR, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 12/03/1986, Indocumentada, por la presunta comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el Artículo 254 de La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio del adolescente IVÁN JOSÉ GONZÁLEZ; y a quien en esta misma fecha, le fue Decretada MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinales 3° Y 6° del Código Orgánico Procesal Penal.
En fecha 23/01/2009, se recibió Oficio N° 24-F33-150-09 de esta misma fecha, procedente de la Fiscalia Trigésima Tercera del Ministerio Publico, en la que informa a este Tribunal de Control que mediante decisión de esta misma fecha esa Representación Fiscal DECRETÓ EL ARCHIVO FISCAL de las actuaciones que conforman la investigación seguida a la ciudadana DIANA CAROLINA GONZALEZ FUENMAYOR, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, quién fue presentada por el Ministerio Público en fecha 27/04/2008 y a quien le fue decretada Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad a lo establecido en los ordinales 3° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio del adolescente IVÁN JOSÉ GONZÁLEZ; notificación que hace a los fines de decretar el Cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, otorgada.
En este orden de ideas, este Tribunal para resolver observa: El Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, establece:
.. ARCHIVO FISCAL. Cuando el resultado de la investigación resulta insuficiente para acusar, el Ministerio Publico decretara el Archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción”…..
..Cesara toda medida cautelar decretada contra el imputado a cuyo favor se acuerda el archivo. En cualquier momento la victima podrá solicitar la reapertura de la investigación indicando las diligencias conducentes..”
Ahora bien, en virtud de haberse decretado el Archivo Fiscal por parte del Ministerio Público, y tomando en consideración el contenido de la disposición prevista en el Artículos 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este tribunal, ordena el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, y en consecuencia el CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD Y LA CONDICIÓN DE IMPUTADO, impuestas por este Tribunal en fecha 27/04/2008 a la ciudadana imputada DIANA CAROLINA GONZALEZ FUENMAYOR, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 12/03/1986, Indocumentada; de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: a favor de la imputada DIANA CAROLINA GONZALEZ FUENMAYOR, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 12/03/1986, Indocumentada, por la presunta comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el Artículo 254 de La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio del adolescente IVÁN JOSÉ GONZÁLEZ y en consecuencia el CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD Y LA CONDICIÓN DE IMPUTADO, impuestas por este Tribunal en fecha 13/12/08, de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo se acuerda la Inmediata Libertad de la ciudadana DIANA CAROLINA GONZALEZ FUENMAYOR .
Regístrese, Publíquese y Notifíquese de la presente decisión, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial en su debida oportunidad legal.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL,
SILVIA CARROZ DE PULGAR
LA SECRETARIA (S),
ABOG. MAGLENYS GONZALEZ
En la misma fecha se registró la presente resolución bajo el N° 206-09, y se Oficio bajo el N° 703-09 al Departamento del Alguacilazgo.
LA SECRETARIA (S),
ABOG. MAGLENYS GONZALEZ
SCDP/eq
CAUSA N°. 1C-9849-08