República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas

EXPEDIENTE: SOL-1U-2832-08
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
PARTE SOLICITANTE: YOMARIS JOSEFINA ATENCIO VILORIA, abogada inscrita en el inpreabogado Nro. 109.509, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nro. V- 14.902.549, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, actuando en su propio nombre.
CAUSANTE: LUIS ADOLFO ATENCIO RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 2.815.882.
HIJOS: YOMARIS JOSEFINA ATENCIO VILORIA, WILLIAM ADOLFO ATENCIO LOPEZ, YANELYS ROSARIO ATENCIO LOPEZ, NESTOR LUIS ATENCIO ALFONZO, NELSON JOSE ATENCIO ALFONZO, NORALIS DEL VALLE ATENCIO MORLES, LUIS ADOLFO ATENCIO VILORIA, LUIS SEGUNDO ATENCIO VARGAS, LUISARELIS ATENCIO VARGAS, AUDRY ALEJANDRA ATENCIO COLINA y Se omite el nombre del adolescente de confomidad con el articulo 65 de la LOPNNA, de 28, 33, 31,32, 30, 34, 25, 22,19, 32 y 15 años de edad respectivamente.

PARTE NARRATIVA

Ocurrió por ante la Presidencia del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la ciudadana YOMARIS JOSEFINA ATENCIO VILORIA, antes identificada, actuando en representación de la de sus hermano y en su propio nombre, solicitando se les declare en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano LUIS ADOLFO ATENCIO RINCON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 2.815.882 y quien falleció Ab-intestato en fecha 16 de octubre de 2008, tal como se evidencia de copia certificada del acta de defunción Nº 131 expedida por la Intendencia de Seguridad de la Parroquia la Rosa del Municipio Cabimas del Estado Zulia.
Una vez efectuada la distribución le correspondió conocer del juicio, al Juez Unipersonal No. 1 Provisorio. Admitiendo la solicitud en fecha 18 de diciembre de 2008, dándole el curso de ley y ordenando la notificación a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público Especializado del Estado Zulia de la iniciación de este procedimiento. Consta en actas la notificación del Ministerio Publico Especializado de fecha 9 de enero del 2009.
PARTE MOTIVA
Este Sentenciador observa que la solicitante acompaña copia certificada de las actas de nacimientos de los hijos de autos y copia certificada del acta de defunción del ciudadano LUIS ADOLFO ATENCIO RINCON. Informe de estudio de relación filiar mediante marcadores de ADN. Tales instrumentos se valoran favorablemente pues merecen fe pública, no han sido objeto de tacha de falsedad y demuestran el vínculo de Filiación existente entre los hijos el causante; el fallecimiento del mismo. Igualmente consignó justificativo de testigos evacuado por ante la Notaria Segunda de de Ciudad del Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, mediante el cual declararon los ciudadanos JORGE LUIS ROJAS PEREIRA y LESBIA VIOLETA ZABALETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-12.468.865, v-7.873.243, respectivamente, domiciliadas en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, quienes declararon que conocieron de vista, trato y comunicación a los ciudadanos antes indicado; igualmente que el referido ciudadano falleció el día 16 de octubre del 2008. Tal prueba testimonial se aprecia en todo su valor probatorio, puesto que los testigos afirman de manera conteste la existencia de la relación hereditaria alegada por la solicitante a favor de sus hermanos, en consecuencia, se concluye la veracidad de los hechos alegados, y al tenor de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deben declarar como único y universal heredero del ciudadano antes referido. Así se declara.

PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juez Unipersonal No. 1 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, extensión Cabimas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los ciudadanos y/o adolescente YOMARIS JOSEFINA ATENCIO VILORIA, WILLIAM ADOLFO ATENCIO LOPEZ, YANELYS ROSARIO ATENCIO LOPEZ, NESTOR LUIS ATENCIO ALFONZO, NELSON JOSE ATENCIO ALFONZO, NORALIS DEL VALLE ATENCIO MORLES, LUIS ADOLFO ATENCIO VILORIA, LUIS SEGUNDO ATENCIO VARGAS, LUISARELIS ATENCIO VARGAS, AUDRY ALEJANDRA ATENCIO COLINA y se omito el nombre del adolescente, de 28, 33, 31,32, 30, 34, 25, 22,19, 32 y 15 años de edad respectivamente, como Únicos y Universales Herederos del ciudadano LUIS ADOLFO ATENCIO RINCON, , quien falleció el día 16 de octubre del 2008, tal como se evidencia de copia certificada del acta de defunción Nº 131 expedida por la Intendencia de Seguridad de la Parroquia la Rosa del Municipio Cabimas del Estado Zulia. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando previa certificación en actas por secretaria.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del código de procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil, y los numerales 3 y 9 del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Cabimas a los nueve (09) de febrero de 2009. 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
EL JUEZ UNIPERSONAL NO. 1 PROVISORIO


ABOG. ESP. CARLOS LUIS MORALES GARCIA
La Secretaria


Abg. Yuraima Luzardo
En la misma fecha siendo las nueve (09:00 AM) de la mañana, se publicó y registró la anterior sentencia interlocutoria bajo el Nº 113-09. - en el libro de sentencias llevado por este Tribunal.
La Secretaria


Abg. Yuraima Luzardo

CLMG/ms
EXP SOL 1U 2832-08