Comisión No.3990-2008.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
198 Y 150
En horas de Despacho del día de hoy, Jueves Veintiséis (26) de Febrero de dos mil nueve (2009), siendo las nueve y diez (09:10Am), minutos de la mañana, dia y hora fijada por este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los fines de practicar la medida de Embargo Preventivo decretada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, sigue la Empresa Mercantil TRANSPORTE TRAN-MARA, C.A., contra la Empresa Mercantil TIERRA ALTA SISTEMAS DE PRODUCCION S.A., en expediente signado con el No.46.164- Se hizo presente el ciudadano CESAR DAVID MARTINEZ PEREZ, Abogado en ejercicio y de este domicilio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No.113.430, expuso: Consigno en este acto, constante de dos (2) folios útiles documento original otorgado por la empresa Mercantil demandada “TIERRA ALTA SISTEMAS DE PRODUCCION S.A., que acredita mi representación en el presente juicio, en consecuencia en nombre de mi representada me doy por notificado, emplazado e intimado para todos los actos en el presente Juicio.- Ahora bien con el carácter acreditado, presento en este mismo ACTO, Cheque de Gerencia signado con el No.03629615, de fecha 19 de febrero de 2009, código de Cuenta Corriente No.01160199522120210100, a la orden del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, por la cantidad de VEINTIUEVE MIL CIENTO SETENTA Y DOS CON 24/100 CTMS, BOLIVARES, contra el BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, TORRE FINANCIERA BOD, a los fines de que sea embargado preventivamente, dicho monto corresponde a la suma de dinero ordenada por el Tribunal de la Causa en el caso de que dicha medida recaiga sobre cantidades liquidas de dinero,.- En este estado presente el Abogado JAVIER ANTONIO GONZALEZ PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 114.719, expuso: Acepto el cheque en calidad de Embargo para garantizar las resultas del proceso.- Seguidamente, este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara formalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la cantidad de VEINTIUEVE MIL CIENTO SETENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON VEINTICUATRO CENTIMOS (Bs.F.29.172,24), consignado en Cheque de Gerencia signado con el No.03629615, de fecha 19 de febrero de 2009, de la Cuenta Corriente No.01160199522120210100, a la orden del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- El Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dadivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela que consagra la gratuidad de la justicia. Este acto termino a las nueve y cuarenta minutos de la mañana (09:40 am), leyéndose y conformes firman.-
EL JUEZ TEMPORAL
ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA
EL APODERADO ACTOR:
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA:
LA SECRETARIA TEMPORAL
BELKIS QUINTERO FRANCO
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