REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.222
En el día de hoy, 06 de Febrero del año dos mil nueve, siendo las 9:30 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa P.D.V.S.A, ubicada en el Edificio Miranda, tercer piso, Avenida 28 La Limpia, Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: 13175. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana KEILA JOSEFINA MORILLO MONTERO, portador de la Cédula de Identidad No. 12.591.054, a favor de las niñas: GLORIANNY ESTEFANÍA y GABRIELA JOELIS VILLAMIZAR MORILLO en contra del ciudadano JOEL STARLIN VILLAMIZAR POZO, portador de la Cédula de Identidad No. 13.574642.- En este estado presente el ciudadano (a): JESUS QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad No. 15.557.984, quién se identifico con el carácter de ASISTENTE DE GESTION. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado DECRETÓ MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo que percibe el ciudadano JOEL STARLIN VILLAMIZAR POZO, como obrero en la Empresa P.D.V.S.A PETROLEOS S.A. B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de bono vacacional. C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) que le pueda corresponder al reclamado de autos por concepto de Caja de Ahorros. D) EL TREINTA POR CIENTO (30%) que le pueda corresponder al ciudadano antes identificado por concepto de Aguinaldos o cualquier otra Bonificación Especial de fin de año. E) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las Prestaciones Sociales y Fideicomiso que le pueden corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido o cualquier situación que de por terminada la relación laboral. F) EL CIEN POR CIENTO (100%) de primas por hijos, o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el mencionado ciudadano, para sus hijos. G) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre cualquier otra cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano JOEL STARLIN VILLAMIZAR POZO, como obrero en la empresa de Exploración y Producción, P.D.V.S.A, P/S Alonso de Ojeda, ubicada en Lagunillas Estado Zulia. Las cantidades a retener establecidas en los literales “A, B, C, D y F” deberán ser entregadas a la demandante de autos ciudadana KEILA JOSEFINA MORILLO MONTERO, antes identificada o remitirla en Cheque de Gerencia al Juzgado de la causa y la cantidad contenida el los literales “E y G”, deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP. No. 13.175. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, la cantidad de dinero por los conceptos arriba mencionadas. Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES. Asimismo se ordena solicitar información sobre el sueldo, básico, bono vacacional, prima por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre los sueldos del referido demandado. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 9:35 AM.-
LA JUEZ,
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:
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