REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.220.
En horas de despacho del día de hoy 06 de Febrero del año dos mil nueve, siendo las 10:00 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede del INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA POLICIA MUNICIPAL (POLISUR), ubicada en la Urbanización La Coromoto, avenida 40 y 41 del Municipio San Francisco del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA No 04.- Con motivo del juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana YALINIS DEL ROSARIO FEREIRA CHAVEZ, portadora de la Cédula de Identidad No. 15.986.640, en relación con el niño CARLOS LUIS RIOS FEREIRA contra el ciudadano CARLOS LUIS RIOS UZCATEGUI, portador de la Cédula de Identidad No. 16.150.035.- En este estado presente el ciudadano (a): DAILYS MUÑOZ, portador (a) de la Cédula de Identidad No. 12.872.104, quien se identificó con el carácter de: JEFE DE DIV. EVALUACION ORGANIZACIONAL.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, ordena retener: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que devenga el reclamado de autos ciudadano CARLOS LUIS RIOS UZCATEGUI, portador de la Cédula de Identidad No. 16.150.035, quien labora como OFICIAL DE POLICIA al servicio del INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA MUNICIPAL (POLISUR). B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le correspondan al demandado para satisfacer las necesidades materiales y espirituales en la época de Navidad. C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del bono vacacional que le pueda corresponder al demandado de autos. D) En caso de que el demandado ciudadano demandado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes retener; EL CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos que le pueda corresponder al niño de autos. E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Caja de Ahorros, que le puedan corresponder al reclamado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral. Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, B, C y D” deberá ser entregados directamente a la reclamante de autos ciudadana YALINIS DEL ROSARIO FEREIRA CHAVEZ, antes identificada o remitirla en Cheque de Gerencia al Juzgado de la causa, y las retenidas en el literal “E” deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- SALA No 04. EXP: 14605.- EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA RETENER, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Trabajador de esta institución; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 10:05 AM.-
LA JUEZ:
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO:
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