REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.221.
En horas de despacho del día de hoy 20 de Febrero del año dos mil nueve, siendo las 11:20 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede de la ARQUIDIOCESIS DE MARACAIBO, Departamento de Recursos Humanos, ubicada en la calle 95 entre avenidas 2 y 3 casco central Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No 02.- Con motivo del juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana ZULAY COROMOTO PARRA ANDARA, portadora de la Cédula de Identidad No. 13.064.489, a favor del niño ELIAS JOSUE PARRA PARRA contra el ciudadano LUIS ELIAS PARRA PIÑA, portador de la Cédula de Identidad No. 12.135.102.- En este estado presente el ciudadano (a): YANETH QUERO, portador (a) de la Cédula de Identidad No. 10.433.035, quien se identificó con el carácter de: ASISTENTE DE RECURSOS.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, decretó MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL, ordenándose retener: A) EL VENITE POR CIENTO (20%) del sueldo o salario mensual que le pueda corresponder al ciudadano LUIS ELIAS PARRA PIÑA, portador de la Cédula de Identidad No. 12.135.102, como empleado de la Arquidiócesis de Maracaibo.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las utilidades, vacaciones y bono vacacional que le pueda corresponder anualmente al ciudadano LUIS ELIAS PARRA PIÑA.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) de primas por hijos y juguetes que le puedan corresponder al ciudadano antes mencionado bono vacacional que le pueda corresponder al demandado de autos. D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las prestaciones sociales, ahorros y fideicomiso que le puedan corresponder al demandado de autos en caso de despido, retiro voluntario, o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral, como empleado de la Arquidiócesis de Maracaibo, para satisfacer las pensiones alimenticias del niño ELIAS JOSUE PARRA PARRA Las cantidades a retener en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No 02. EXP: 13878.- EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PROVISIONALMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados ordenándose retener las mismas.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Trabajador de esta institución; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:25 AM.-
LA JUEZ:
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO ACC:
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