REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 4.179.
En horas de despacho del día de hoy 12 de Febrero del año dos mil nueve, siendo las 1:35 PM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede de la Sociedad Mercantil BINGO ROYAL, ubicada en la Circunvalación 2, diagonal a la bomba el Tours, frente a la urbanización San Miguel del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No 03.- Con motivo del juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana MAIRE MARIBEL FONSECA FUENMAYOR, portadora de la Cédula de Identidad No. 19.392.138, obrando en interés y beneficio de los niños y/o adolescentes PULGAR FONSECA contra el ciudadano HENDRY JOSE PULGAR HERNANDEZ, portador de la Cédula de Identidad No. 16.469.610.- En este estado presente el ciudadano (a): BELKIS MATERAN, portador (a) de la Cédula de Identidad No. 11.131.617, quien se identificó con el carácter de: ASISTENTE DE RECURSOS HUMANOS.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, decretó MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO: ordenándose retener; A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del ingreso mensual que percibe el obligado ciudadano HENDRY JOSE PULGAR HERNANDEZ, portador de la Cédula de Identidad No. 16.469.610, como trabajador de la empresa BINGO ROYAL.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de utilidades.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de vacaciones y bonificación de fin de año y sobre Prestaciones Sociales y fideicomiso que le puedan corresponder al obligado de autos.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre Primas por hijos o útiles escolares.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, B, C y D” deberán ser remitido en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No 03. EXP: 13479.- EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados, ordenando retener las mismas.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Trabajador de esta empresa; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 1:40 PM.-
LA JUEZ:
EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO ACC:
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