REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 4.234.

En horas de despacho del día de hoy 11 de Febrero del año dos mil nueve, siendo las 9:10 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la sede de la empresa CONSTRUCTORA ODEBRESHT, ubicada en la avenida 4 (Bella Vista), con calle 85, antiguo edificio del Banco Caracas, tercer piso, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida Decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No 03.- Con motivo del juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana NACYBEL NAVA PAZ, portadora de la Cédula de Identidad No. 16.608.882, en beneficio de la niña y/o adolescente JOHANNY ALEJANDRA BRITO NAVA contra el ciudadano JHOANN BRITO PEREZ, portador de la Cédula de Identidad No. 13.749.655.- En este estado presente el ciudadano (a): JHONNY MENDOZA, portador (a) de la Cédula de Identidad No. 13.048.091, quien se identificó con el carácter de: CONTADOR.- El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado, decretó ORDENÓ RETENER: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del salario que devenga el ciudadano JHOANN BRITO PEREZ, portador de la Cédula de Identidad No. 13.749.655, como trabajador de la empresa CONSTRUCTORA ODEBRESH.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de Utilidades, aguinaldos o bonificación especial de fin de año.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de Vacaciones o bonos Vacacionales.- D) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre Primas por hijos o útiles escolares.- E) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales e intereses, Caja de Ahorros, Fideicomiso y cualquier otra cantidad que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que pueda dar fin a la relación laboral. Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, B, C y D” deberá ser entregados directamente a la reclamante de autos ciudadana NACYBEL NAVA PAZ, antes identificada o remitirla al Juzgado de la causa, y las retenidas en el literal “E” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No 03. EXP: 13800.- EL TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ORDENA RETENER, las cantidades de dinero por los conceptos arriba mencionados.- El notificado (a) Expuso: “A reserva de verificar si dicho demandado es o no Trabajador de esta institución; de si le pertenece o tiene en la misma cantidades algunas por dichos conceptos; me doy por notificado del contenido a que se refiere la presente Acta”.- y ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y así lo hacen constar las partes intervinientes.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 9:15.-

LA JUEZ:




EL NOTIFICADO (A): EL SECRETARIO ACC: