REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCÍA, TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA


Porlamar, cinco de febrero de dos mil nueve.-
198° y 148°

Vista la anterior diligencia de fecha 03-02-2009, suscrita por el ciudadano PIERO JOSÉ D´ELISIO DENTAMARO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.759, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano HUGO BUONAFFINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.653.978, parte actora en el Juicio que por DESALOJO, sigue contra la ciudadana IDAMIS PEINADO DE PÉREZ, mediante la cual DESISTE del procedimiento y de la acción, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, imparte su homologación en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Asimismo, se ordena devolver a la parte actora, originales de los recaudos consignados insertos a los folios 12 al 15 y 17 al 20, ambos inclusive, de este expediente, previa certificación en autos, se da por terminado el Juicio y se ordena el archivo del presente expediente en su debida oportunidad.
EL JUEZ,

DR. LEONARDO J. IRIBARREN URDANETA.
LA SECRETARIA,

ROMA FERNÁNDEZ GUTIÉRREZ.
Nota: En esta misma fecha se dió cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, consta,
SECRETARIA,
Ayleen*
Exp. Civil N° 08-2522-