REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, 12 de Febrero de 2009.-
198° y 149°
Vista la diligencia de fecha 19-01-2009, suscrita por la abogada IRENE FRANCO CALKITIS, mediante la cual consigna dos (2) cheque de gerencia de BANFOANDES, signados bajo los Nros. 00002405 y 00002407 por Bs. 35.000,oo y Bs. 20.000,oo, respectivamente, dando cumplimiento a lo solicitado mediante el auto de fecha 11-11-2008 y proceder al deposito de los mismos, ordenado el día 4-11-2.008; este Juzgado a los fines de proveer sobre el referido deposito ordenado, observa: Que en el auto de fecha 4-11-2.008 (f. 102), cuando se ordena el deposito del dinero efectuado por la oferente en beneficio del oferido, se refiere solo al monto de Bs. 35.000,oo entregado en cheque, omitiendo el deposito del cheque por Bs. 20.000,oo, que fue consignado mediante diligencia de fecha 28-02-2008, y que consta al folio 62 del expediente. Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de subsanar la omisión advertida, ANULA el mencionado auto de fecha 4-11-2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil y ordena abrir una cuenta de ahorro en el Banco de Fomento Regional Los Andes (BANFOANDES) a nombre del ciudadano HERNÁN MENDEZ CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-70.546 y domiciliado en la avenida Principal de la Urbanización Cumbres de Curumo, Residencia Yare, Apartamento N° 10, Caracas, Distrito Capital, la cual será movilizada en forma conjunta por el Juez y la Secretaria del Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 823 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto al retiro de los fondos disponibles en la misma, este Tribunal librará oficio a la referida Institución, autorizando a los beneficiarios para tal fin. Así mismo, se aclara al mencionado Banco que una vez se aperture la cuenta, se servirá remitir a este Tribunal la respectiva libreta de ahorro, a los fines de que surta los efectos legales correspondientes. Líbrese oficio. Cúmplase.-
EL JUEZ

Dr. MARCO ANTONIO GARCIA FERNÁNDEZ.
LA…
…SECRETARIA

Abg. CORINA LIBERATORE.

En esta misma fecha (12-02-2009), se cumplió con lo ordenado. Conste.-
LA SECRETARIA,

Abg. CORINA LIBERATORE


Expediente N° 8.770
MMGF/CL/mary