REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO MONAGAS
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, veintiséis de febrero de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: NP11-L-2008-000047
Visto que en Acta de Continuación de la Audiencia Preliminar de fecha doce (12) de febrero de 2009, y consignado como ha sido el escrito de contestación a la demanda, se ordena la remisión del presente expediente a los Juzgados de Primera Instancia de Juicio, por cuanto no fue posible la mediación entre las partes, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 74 y 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; este Juzgado en consecuencia, remite el presente expediente a la UNIDAD DE RECEPCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE DOCUMENTOS, (U.R.D.D.), para su respectiva distribución entre los Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines de que continúe su curso de Ley. Líbrese Oficio.-
LA JUEZA,
ABG. YUIRIS GÓMEZ ZABALETA.-
SECRETARIO (A),
ABG.
YGZ/nr.-