ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-000835
PARTE ACTORA: Nelson Enrique Godoy León
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Manuel Prada
PARTE DEMANDADA: "Condominio Costa Verde"
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Luís Enrique Ríos Díaz
MOTIVO: Prestaciones sociales
En el día de hoy, Martes (28) de Junio de 2005, siendo las Tres y Treinta minutos de la tarde (3:30PM), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos: Nelson Enrique Godoy León en su carácter de parte actora, debidamente asistido por el abogado Manuel Prada y por la parte demandada Condominio Costa Verde su apoderado judicial Luís Enrique Ríos Díaz, quienes después de los diversos actos de prolongación de la audiencia preliminar, donde se oyeron propuestas y alternativas han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada representada en este acto por su apoderado judicial , ofrece en cancelarle a la parte actora la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs1.500.000), para dar por satisfecho todos y cada uno de los conceptos laborales que reclama en el libelo de demanda; pago este que se efectuará el día Jueves Treinta (30) de Junio de 2005, por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial laboral en horas de despacho, mediante cheque girado en contra de cualquier banco de esta localidad y a favor del trabajador. En este estado presente el ciudadano Nelson Enrique Godoy León parte actora con la asistencia dicha manifiesta voluntariamente libre de apremio y coacción estar conforme con el ofrecimiento hecho por la parte demandada, y que una ves concretado dicho pago nada tiene que reclamar por los conceptos laborales que demanda ni por ningún otro. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se abstiene de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento total de la obligación asumida por la parte demandada, y en caso de incumplimiento se tendrá como de plazo vencido y dará derecho al accionante de solicitar su ejecución forzosa, se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes consignadas al inicio de la audiencia preliminar
El Juez
La Secretaria
Abog. Alfredo García Aboga: María de los Ángeles Bohórquez
Los Presentes
|