ACTA



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-000297
PARTE ACTORA: Alberto Navarro
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Elizabeth Prieto
PARTE DEMANDADA: C.A.V. SEGURAS CARACAS de LIBERTY MUTUAL.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Andrés Francisco Rodríguez
MOTIVO: Prestaciones Sociales

En el día de hoy ,Lunes Veinte (20) de Junio de 2005, siendo las Dos y Treinta minutos de la tarde (2:30PM), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos Abogados: Elizabeth Prieto y Andrés Francisco Rodríguez. en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora y demandada respectivamente, quienes después de los diversos actos de prolongación de la audiencia preliminar, dónde a través de las múltiples conversaciones, se oyeron propuestas y alternativas y han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada sxssa modo de dar por terminado el presente procedimiento ofrece en cancelarle a la parte actora la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs1.400.000), para dar por satisfecho todos y cada uno de los conceptos laborales que reclama en el libelo, pago este que se efectuará por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial laboral, el día primero de Julio del presente año, mediante cheque no endosable girado en contra de cualquier entidad bancaria de esta localidad, y a favor del ciudadano Alberto Navarro parte actora, manifestando que con dicho pago nada se le queda a deber por los conceptos laborales que está demandando en el presente juicio. En este estado estando presente la apoderada judicial de la parte actora ciudadana Elizabeth Prieto y verificada las facultades otorgada para poder convenir, manifiesta estar de acuerdo con el pago ofrecido.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se abstiene de archivar el expediente hasta tonto no conste en actas el cumplimiento total de la obligación asumida por la demandada, y en caso de incumplimiento dará derecho al accionante de solicitar su ejecución forzosa por el monto total. Se deja constancia de la devolución de las pruebas a las partes consignadas al inicio de la audiencia preliminar .


El Juez

La Secretaria

Abog. Alfredo García Aboga: María de los Ángeles Bohórquez



Los Presentes