ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2005-000191
PARTE ACTORA: Jose Pacheco Centeno
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Wilmer Paredes
PARTE DEMANDADA: Galpor C.A
REPRESENTADA: por su Vicepresidente Luis Galván.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día de hoy, viernes ocho (08) de Abril de 2005, siendo las dos y treinta de la tarde (2:30pm), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos: José Pacheco Centeno en su carácter de parte actora debidamente representado por su apoderado judicial, abogado Wilmer Paredes y por la demandada GALPOR C.A, el ciudadano Luis Galván, en su carácter de vicepresidente debidamente asistido por el abogado Renato Ríos, quienes después de múltiples conversaciones dónde se oyeron propuestas y alternativas han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada a fin de dar por terminado el presente procedimiento ofrece en cancelarle a la parte actora presente en este acto la cantidad de Un Millón Quinientos Mil Bolívares (Bs. 1.500.000), para dar por satisfecho todos y cada uno de los conceptos laborales que reclama en el libelo, pago este que se efectuará en dos partes, una el día catorce (14) de abril del 2005, por la cantidad de setecientos cincuenta mil bolívares (Bs. 750.000), y otra el día trece (13) de mayo del presente año; por la misma cantidad, pagos estos que se realizaran en horas de despacho por ante la Unidad de Recepción de Documentos de este Circuito Judicial Laboral. En este estado presente el actor reclamante con su apoderado judicial manifiesta voluntaria y libremente estar de acuerdo con el pago ofrecido. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Absteniéndose de archivar el expediente hasta tanto no conste en autos el total cumplimiento de la obligación asumida por la parte demandada y en caso de incumplimiento se tendrá como de plazo vencido, y dará derecho al actor de solicitar que se ponga en estado de ejecución forzosa. Se deja constancia de la devolución de la pruebas a las partes consignadas en el inicio de la Audiencia Preliminar.
El Juez
Abog. Alfredo García
La Secretaria
Abog. Yasmely Borrego
Los Presentes
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