REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintiséis de febrero de dos mil nueve
198º y 150º
ASUNTO: VP01-L-2009-000284
Revisada como ha sido la transacción presentada, por el ciudadano JOSE URDANETA BRACHO, asistido por la abogada ANTONIA VILLASMIL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No.48.426, por una parte y por la otra el ciudadano ARGENIS MORAN, titular de la cédula de identidad No. 9.779.216, en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil a ciudadana AGENCIA DE LOTERIAS A QUE HELIMENAS, C.A asistido por el abogado JOSE BERMUDEZ PINEDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 61.914,donde se cancela al trabajador la cantidad de DIEZ MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN BOLÍVARES FUERTES CON 02/100 CENTIMOS( Bs. F.10.271,02); este Tribunal una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada. Este Tribunal da por terminado el presente asunto, y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se Decide.-
La Juez
Abog. Marlene Rojas de Siu.
La Secretaria.
Abg. Carinell Lucena
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