ACTA
N° DE EXPEDIENTE:VP01-L-2008-002283
PARTE ACTORA:LUZ MARINA GONZALEZ HERNANDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ADRIANA ISABEL SANCHEZ SOTO
PARTE DEMANDADA: PROCESADORA EL CANGREJITO DEL MAR, C.A. (PROCAMAR)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO:PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, Cuatro (04) de Febrero de 2009, siendo las dos de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana LUZ MARINA GONZALEZ HERNANDEZ y la empresa PROCESADORA EL CANGREJITO DEL MAR, C.A. (PROCAMAR) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales Abogados ADRIANA SANCHEZ, apoderada y RICARDO ATENCIO FERNANDEZ, apoderado de la demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece pagarle a la parte actora, quien acepta recibirla, la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs 1.000,oo) la cual cubre todos y cada uno de los conceptos reclamados, por lo que ambas partes solicitan se homologue el acuerdo de pago celebrado, se le de el carácter de cosa juzgada, se de por terminado el proceso y no se archive el expediente hasta tanto exista constancia del cumplimiento de la obligación asumida, ello en virtud de que el pago se efectuará el dia miercoles ONCE DE FEBRERO DE DOS MIL NUEVE, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Laboral. . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se abstiene de archivar el expediente hasta se de cumplimiento a la obligación asumida. .
El Juez.
La Secretaria.
Abog. Hugo Cordero Morillo.
Los Presentes
|