REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (3) de Febrero de dos mil nueve (2009)
ASUNTO: VP01-L-2008-002513
Vista la diligencia presentada por ante la unidad de recepción y distribución de documentos en fecha 15 de Enero del presente año por el abogado EDDY FERRER actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana ELIZABETH JOSEFINA URDANETA GONZALEZ, mediante la cual da cumplimiento al mandato de este tribunal de fecha 5 de Diciembre del año 2008 en el cual se le ordena un despacho saneador de conformidad con lo previsto en el articulo 123 de la ley orgánica procesal del trabajo y en el mismo escrito
Desiste de la ACCION Y EL PROCEDIEMIENTO, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia admite la demandada y a la vez observa; que según sentencia dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social con Ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero en fecha diez (10) de mayo de 2005, la cual establece “…. Puede el trabajador desistir del proceso mediante el cual reclama derechos que éste pretende, pero lo que ciertamente resulta inadmisible es que el trabajador desista de su acción, y al mismo tiempo de su pretensión….”.Este tribunal siguiendo la sentencia anteriormente señalada niega la solicitud de HOMOLOGACIÓN DE LA ACCIÓN; pero si HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO que tiene incoado la ciudadana ELIZABETH JOSEFINA URDANETA GONZALEZ en contra de la sociedad mercantil COMERCIAL REYES C.A Se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo.
El Juez
Abog. Alexis Figueroa.
La Secretaria