REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, nueve de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO: VP01-R-2007-000814

Vista la diligencia de fecha 20 de enero próximo pasado en la cual el apoderado judicial del ciudadano JOSÉ GREGORIO TUDARES solicita la fijación de la presente causa para informes, el Tribunal provee en conformidad y de acuerdo a lo establecido en el artículo 511 del Código de Procedimiento Civil fija la presente causa para informes, los cuales se presentarán en el decimoquinto día hábil siguiente a la constancia en actas de haberse practicado la notificación de las partes o de sus apoderados, a cualquier hora de las fijadas en la tablilla a que se refiere el artículo 192 eiusdem ( 08:30 a.m. a 03:30 p.m.).

Presentados los informes, de conformidad con el artículo 513 del Código Adjetivo, cada parte podrá presentar al tribunal sus observaciones escritas sobre los informes de la contraria, dentro de los ocho días hábiles siguientes, en cualquier hora de las fijadas en la tablilla a que se refiere el artículo 192 eiusdem.

Líbrense boletas de notificación.
El Juez

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Miguel A. URIBE HENRÍQUEZ
El Secretario,

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Rafael H. HIDALGO NAVEA