REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 21 de Enero de 2009
198º y 149º

RESOLUCIÓN No. 32-09 CAUSA No 7E-08-09

Firme como ha quedado el fallo dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BARBARA, en fecha 25-11-2008, en contra del penado JOSE DEL CARMEN RANGEL FERREIRA, titular de la cedula de identidad N° 1.807.541, quien fue condenado a cumplir la pena CUATRO (04) AÑOS DE ARRESTO, en consecuencia este Tribunal de Ejecución conformidad con lo establecido en el artículo 482 de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a ejecutar dicha sentencia y procede a la elaboración del cómputo legal respectivo:
El penado JOSE DEL CARMEN RANGEL FERREIRA, titular de la cedula de identidad N° 1.807.541, fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en concordancia con el segundo aparte del Artículo 80 ejusdem, cometido en perjuicio de la ciudadana YANNETH COROMOTO BRACHO COLINA.- Ahora bien, consta en las actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 02-07-2008, por lo que hasta el día de hoy 21-01-2009, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido SEIS (06) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS, faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS, CINCO (05) MESES Y ONCE (11) DIAS.-Cumple la Pena Principal el día: 02-07-2012.- Cumple ¼ parte de la Pena impuesta el día 02-07-2009, para el beneficio de Destacamento de Trabajo.-Igualmente cumple 1/3 parte de la Pena impuesta el día: 01-11-2009, para el Beneficio Régimen Abierto.- Cumple la mitad (1/2) de la Pena impuesta el día 02-07-2010.- Cumple las 2/3 partes de la Pena impuesta el día 03-03-2011, para el Beneficio de Libertad Condicional; Cumple las ¾ partes de la Pena impuesta el día: 02-07-2011, para Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/4 parte de la Pena impuesta hasta el día: 02-07-2013.- Regístrese la presente Resolución. Remítase copia certificada de la misma con oficio a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Consejo Nacional Electoral y al Ministerio de Justicia División de Antecedentes Penales. De igual modo se notifica al Defensor Privado ABG. AITOB ABIMILEC LONGARAY, a través del departamento de Alguacilazgo de este Circuito Judicial. Se ordena el traslado del referido penado a este Juzgado el día LUNES DOS (02) DE FEBRERO DEL AÑO 2009 , A LAS (10:00 a.m.), a tal efecto se ordena oficiar al Departamento Colón de la Policía Regional del Estado Zulia, Santa Barbara del Zulia. OFICIESE. CUMPLASE.
EL JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN

DR. ALEJANDRO MONTIEL PEROZO

LA SECRETARIA

ABG. PATRICIA ORDOÑEZ

En la misma fecha se registró la presente Decisión bajo el No. 32-09, y se libraron oficios N° 344-09, 345-09, 346-09, 347-09, 347-09 “A” y se libró Boleta de Notificación bajo el número 59-09 -

LA SECRETARIA














CAUSA N° 7E-08-09
AMP/PO.-