REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL


TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 19 de Enero de 2009
198º y 149º

DECISIÓN No. 22-09 CAUSA N° 7E-01-09

Firme como ha quedado el fallo dictado por el JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en fecha 08-12-2008, en contra del penado ERWIN JOSE SANCHEZ FRANCO, portador de la Cédula de Identidad No. 11.298.629, este Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a ejecutar dicha sentencia y procede a la elaboración del cómputo legal respectivo:
El penado ERWIN JOSE SANCHEZ FRANCO, portador de la Cédula de Identidad No. 11.298.629, fue condenado por el Juzgado Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS DE PRISION , mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en el artículo 5° en concordancia con los numerales 1° y 2° del artículo 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y PORTE ILICITO DE ARMA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido el primero en perjuicio del ciudadano GERARDO JOSE MEDINA CHAVEZ y el segundo en perjuicio del ORDEN PÚBLICO.- Ahora bien, consta en las actas que el mencionado penado fue detenido en fecha 23-04-2007 por lo que hasta el día de hoy, 19-01-2009, fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido UN (01) AÑO, OCHO (08) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS , faltándole por cumplir SIETE (07) AÑOS, TRES (03) MESES Y CUATRO (04) DIAS. -Cumple la Pena Principal el día 22-04-2016.- Cumple ¼ parte de la Pena impuesta el día 23-07-2009, para el beneficio de Destacamento de Trabajo.-Igualmente cumple 1/3 parte de la Pena impuesta el día: 23-04-2010, para el Beneficio Régimen Abierto.- Cumple la mitad (1/2) de la Pena impuesta el día 23-10-2011. Cumple las 2/3 partes de la Pena impuesta el día 23-04-2013, para el Beneficio de Libertad Condicional; Cumple las ¾ partes de la Pena impuesta el día: 22-01-2014, para Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/5 parte de la Pena impuesta hasta el día: 08-11-2018.-
Regístrese la presente Resolución. Remítase copia certificada de la misma con oficio a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Consejo Nacional Electoral, a la Dirección de Inteligencia Militar-Base Aérea Rafael Urdaneta y al Ministerio de Justicia División de Antecedentes Penales. De igual modo se ordena oficiar al Coordinador de la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, con la finalidad de que designe un defensor que asista al referido penado.- Igualmente se ordena oficiar al Ministerio de Interior y Justicia para recabar los Antecedentes Penales que puedan registrar el penado.- Asimismo, se ordena el traslado del penado a este Juzgado el día VIERNES 23-01-2009 a las Diez de la mañana, a tal efecto, se oficia a la Dirección de Inteligencia Militar. OFICIESE. CUMPLASE.
EL JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN,

DR. ALEJANDRO MONTIEL PEROZO
LA SECRETARIA,

ABG. PATRICIA ORDOÑEZ
En la misma fecha se registró la presente Decisión bajo el No. 22-09, y se libraron oficios bajo los números 246-09, 247-09, 248-09, 249-09, 250-09, 251-09, 252-09.-
LA SECRETARIA

CAUSA N° 7E-01-09
AMP/PO