REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN

MARACAIBO, 20 DE ENERO DE 2009
198° Y 149°


RESOLUCIÓN N° 17-09 CAUSA 6E-718-09


Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 17-07-2008, por el Juzgado Duodécimo Itinerante de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en contra del penado EGLIS ALEXANDER BARRETO TILLERO, titular de la cedula de Identidad N° 12.803.199, nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, profesión u oficio comerciante, fecha de nacimiento 21-06-1974, hijo de Daisy Tillero y Eglis Barreto, residenciado en el Sector 18 de Octubre, avenida 1, calle M, Casa N° M-46, del Municipio Maracaibo Estado Zulia, a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRISION más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de VIOLACION CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 374 ordinal 4° del Código Penal, cometido en perjuicio del niño Michael Brayant Payares González, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente Causa, y pasa a realizar el Computo de Pena, de la siguiente manera:

Así tenemos que, consta en actas que el penado EGLIS ALEXANDER BARRETO TILLERO, fue detenido en fecha 29-11-2006; por lo que hasta el día de hoy, fecha en que se practica el presente computo de pena: lleva detenido DOS (02) AÑOS, UN (01) MES Y VEINTIUN (21) DIA. Faltándole por cumplir: DIECISIETE (17) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y NUEVE DIAS.

En consecuencia el mencionado penado cumplirá la Pena Principal el día: 29-11-2026.

Cumplirá una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 29-11-2011, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO.

Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 29-07-2013, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO.

Cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 29-11-2019, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL.

Cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 29-11-2021, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena en CONFINAMIENTO.

Finalmente, se hace de su conocimiento que quedará sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil por Una Quinta (1/5) parte de la pena impuesta, la cual cumplirá el día 29-11-2030 . ASÍ SE DECLARA.
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DISPOSITIVA


Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EN ESTADO DE EJECUCION LA PRESENTE CAUSA y DECRETA EL CÓMPUTO DE PENA a cumplir el penado EGLIS ALEXANDER BARRETO TILLERO, plenamente identificado en actas. Se acuerda oficiar a la Cárcel Nacional de Maracaibo, boleta de notificación a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público, a la defensa y al penado, asimismo se ordena Oficiar al Departamento de Alguacilazgo remitiendo las boletas de notificación. Regístrese, Notifíquese y remítanse las copias de ley.

JUEZ SEXTO DE EJECUCIÓN.


DR. HUMBERTO CUBILLAN VIVAS.
EL SECRETARIO

ABOG. ALEXANDRO PINEDA.

En la misma fecha, se registró la anterior Decisión bajo el No. 17-09 en el Libro de registro de resoluciones llevado por este tribunal, remitiendo oficios N° 156 y 157-09, junto con las boletas de notificaciones respectivas.

EL SECRETARIO,




HCV/gladys.-