REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 4
EXPEDIENTE: 03128
SOLICITUD: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: LAURA MARINA CHIRINOS PINEDA
ADOLESCENTES: (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD)
PARTE NARRATIVA
Ocurrió por ante este el órgano distribuidor del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la ciudadana LAURA MARINA CHIRINOS PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.803.488, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida por la abogada MARIA QUIROZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 40.613; solicitando se declare en su condición de cónyuge y a los adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y a los ciudadanos MARITHSABEL LOPEZ CASTELLANO, MARINELL BEATRIZ LOPEZ CASTELLANO, THAMAIRY YANIRA LOPEZ CASTELLANO, en su condición de hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante HUGO NELSON LOPEZ RUIZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.665.082, fallecido ab-intestato el día 19 de noviembre de 2008.-
Recibida la anterior solicitud, se le dio entrada y curso de Ley a la misma, y se acordó la notificación del Fiscal del Ministerio Público.-
PARTE MOTIVA
El solicitante consignó copia certificada del acta de defunción del causante signada con el N° 267 emanada de la jefatura Civil de la Parroquia Domitila Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia; copia certificada del acta de nacimiento de los adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), signadas con el N° 2371, 1867, 1463, emanadas de la Jefatura Civil de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; copia certificada del acta de nacimiento de los ciudadanos MARITHSABEL LOPEZ CASTELLANO, signada con el N° 288 emanada de la Prefectura del Municipio Coquivacoa Distrito Maracaibo del Estado Zulia; MARINELL BEATRIZ LOPEZ CASTELLANO, signada con el N° 1583 emanada de la Prefectura del Municipio Chiquinquirá del Distrito Maracaibo del Estado Zulia, THAMAIRY YANIRA LOPEZ CASTELLANO, signada con el N° 47 emanada de la Prefectura Coquivacoa Municipio Maracaibo del Estado Zulia; copia certificada del acta de matrimonio entre la ciudadana LAURA MARINA CHIRINOS PINEDA y el causante, signada con el N° 296, emanada de la Jefatura Civil de la Parroquia Domitila Flores del Municipio San Francisco del Estado Zulia. Tales pruebas se valoran favorablemente pues merecen fe pública, no han sido objeto de tacha de falsedad y demuestran la filiación, así como el fallecimiento del causante.-
Igualmente consignó el solicitante Justificativo de Testigo evacuado por ante la Notaría Pública Primera de Maracaibo, donde declararon los ciudadanos MILEIDA JOSEFINA MORALES QUINTERO, MIRIXSA MARIBEL ANDRADE SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.806.139 y 9.003.751 respectivamente; tal prueba testifical se aprecia en todo su valor probatorio, puesto que los testigos afirman de manera conteste la existencia de la vocación hereditaria alegada por la solicitante.-
En consecuencia, se concluye en la veracidad de los hechos alegados; por la cuál este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 4, declara a los adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), y a los ciudadanos LAURA MARINA CHIRINOS PINEDA, MARITHSABEL LOPEZ CASTELLANO, MARINELL BEATRIZ LOPEZ CASTELLANO, THAMAIRY YANIRA LOPEZ CASTELLANO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante HUGO NELSON LOPEZ RUIZ. ASI SE DECLARA.-
PARTE DISPOSITIVA
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los adolescentes (SEOMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), y a los ciudadanos LAURA MARINA CHIRINOS PINEDA, MARITHSABEL LOPEZ CASTELLANO, MARINELL BEATRIZ LOPEZ CASTELLANO, THAMAIRY YANIRA LOPEZ CASTELLANO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante HUGO NELSON LOPEZ RUIZ, quién falleció en el Estado Zulia; según acta de defunción consignada. Se dejan a salvo los derechos a terceros. Expídase copia certificada por secretaría del presente fallo y devuélvase sus originales a la parte interesada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los 29 días del mes de enero de 2009. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
EL JUEZ UNIPERSONAL N° 4 LA SECRETARIA
ABOG. MARLON BARRETO RIOS ABOG. LORENA RINCON PINEDA
EN ESTA MISMA FECHA SE REGISTRO LA ANTERIOR RESOLUCION EN EL LIBRO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS LLEVADO POR ESTE TRIBUNAL EN EL PRESENTE MES Y AÑO BAJO EL N° 62. LA SECRETARIA.-
MBR/natalia
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